Revista América Latina

Por faltas graves: COLEGIOS PRIVADOS SERÁN SANCIONADOS CON 100 UIT…

Por Gmoperu
Por faltas graves: COLEGIOS PRIVADOS SERÁN SANCIONADOS CON 100 UIT…La propuesta del Gobierno –que será discutida a través de mesas técnicas en la que participarán los gremios que agrupan a los colegios privados– unifica el reglamento para instituciones privadas emitida el 2006 y el reglamento de infracciones y sanciones para colegios privados promulgado en 1998.

¿Qué contiene la propuesta? Indica, en primer lugar, las condiciones mínimas que toda institución educativa privada deberá contar para garantizar accesibilidad, seguridad, salubridad y calidad.También señala las condiciones indispensables que debe tener un colegio particular como la autorización de funcionamiento otorgada por la autoridad competente del sector educación así como la licencia de funcionamiento expedida por la municipalidad correspondiente.Sobre este punto se precisa que será la Dirección General de Educación (DGE) la responsable de evaluar la autorización de funcionamiento para autorizarla o denegarla, previa inspección del local. Igualmente será esta instancia la que evalúe y dé luz verde las autorizaciones para el traslado de establecimientos educativos.Asimismo se aclara algunos conceptos como –por ejemplo– la cuota de ingreso. La propuesta de reglamento establece que el colegio podrá cobrar la cuota de ingreso una sola vez durante toda la estadía del estudiante en la institución educativa. En caso de reingreso, no se exigirá el pago de una nueva cuota.En tanto, establece que la matrícula no deberá exceder al monto de una pensión mensual de enseñanza. El colegio tampoco podrá exigir un pago adicional a la matrícula ni condicionar a los padres de familia la compra de uniformes y/o materiales o útiles en los establecimientos señalados por el centro educativo.La propuesta del MINEDU, señala también que el colegio no podrá exigir el abono de una o más pensiones adelantadas, al menos que dichos pagos sustituyan la cuota de ingreso ni podrá exigir el aumento de pensiones, salvo que se haya comunicado antes de la matrícula.Respecto a las cuotas extraordinarias, el reglamento propone que deben estar relacionadas al servicio educativo y su autorización tiene vigencia de un año lectivo. InfraccionesLa propuesta del MINEDU también contempla la imposición de sanciones que serán aplicadas de acuerdo a la gravedad de la falta incurrida por el centro educativo particular, las que irían desde una amonestación o multa de 1 UIT (S/ 4,150) en caso de una infracción leve hasta las 100 UIT (S/ 415,000) en caso de un hecho grave. (https://gestion.pe/)


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