Presentar la declaración de la Renta aún estando jubilado

Por Mecamerc Asesores, S.l. @MecamercSL
Ni los jubilados se libran a la declaración de la Renta. Como ya explicamos en el post anterior, todo aquel que supere los mínimos anuales, se ve obligado a presentarlo.
Los jubilados y pensionistas tienen las mismas obligaciones que cualquier trabajador y deberán presentar la declaración de la Renta si sus ingresos superan las cantidades mínimas establecidas en la normativa fiscal.
Pero y los que no están obligados a presentar la declaración por IRPF:
Los que no se ven obligados a presentar la declaración de la Renta por IRPF son los siguientes:
  • Todos aquellos que no superan los 22.000 euros brutos anuales.
  • El límite será sólo 10.000 euros en el caso que:
    • Los rendimientos del trabajo se perciban de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y siguientes pagadores asciendan de 1.500 euros. 
    • Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos, por decisión judicial. 
  • Aquellas ganancias patrimoniales que no superen los 1.600 euros brutos. 
  • Todas las rentas inmobilirarias imputadas por un sólo inmueble.
  • Rendimientos de cambital mobiliario de Letras del Tesoro. 
  • Subvenciones por adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado con un conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de menos de 500 euros.

Tampo tendrán la obligación de declarar aquellos que obtengas sólo rentas: de trabajo, capital, actividades profesionales y ganancias patrimoniales con unn límite conjunto de 1.000 € anuales. 
Si estás junilado y cumples uno estos requisitos y estas obligado a presentar la declaración de la Renta, contacta con nosotros, te ayudaremos a preparar tu borrador.
Tu asesoría en Valencia, 
Mecamerc Asesores, S.L.

www.mecamercasesores.esTelf: 96 317 32 91