La prestación económica consiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente, que se reconoce a todos los trabajadores que disfruten los periodos de descanso laboral legalmente establecidos en los supuestos de maternidad biológica, adopción, acogimiento familiar y tutela.
Esta Sentencia del TSJ de Madrid abre la posibilidad de que aquellos empleados que la hayan recibido la prestación DESDE 2012 y que la hayan incluido en su IRPF puedan pedir ahora la devolución de ingresos indebidos. Si habéis recibido esta prestación de maternidad y la habéis incluido en vuestro IRPF, podéis mandar un email a info@portalabogados.es o llamar al 646 690 032 para estudiar la viabilidad de la devolución.