INFORMACIÓN PARA PRESENTAR PROYECTOS
1. ¿Quién puede presentar propuestas?
Asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad y tengan su sede en el distrito Casco Histórico de Zaragoza. Cada entidad podrá presentar un máximo de 2 proyectos, aunque solo uno de ellos podrá ser elegido al final de proceso. El presupuesto máximo de cada proyecto será de 2000 euros.
2. ¿Qué tipo de proyectos tienen cabida?
Solo aquellos que se desarrollen para el distrito y en el distrito y que respondan, como mínimo, a uno de los sectores definidos de manera colectiva durante las jornadas del 7 y del 16 de marzo, y recogidos en la ficha de solicitud. Será necesario justificar el sector y las prioridades elegidas, así como presentar un calendario de desarrollo de dichas actividades.
En el caso de que la entidad o entidades promotoras consideren que su proyecto abarca más de un sector, deberán indicar aquél que consideran tiene más peso en el proyecto presentado.
Se tendrán en cuenta dos criterios positivos:
- La intercooperación entre entidades del distrito: que sean proyectos cooperativos entre entidades, asociaciones, etc.
- Participación abierta: que las actividades planteadas estén abiertas a la participación de personas fuera de la entidad.
3. ¿Cómo hago una solicitud?
Para cada proyecto se cumplimentará la –> ficha de solicitud <–. También podrá ser recogida en papel en la sede de la Junta. El plazo de presentación de solicitudes es del 3 al 21 de abril de 2017. Se podrán presentar:
- Por correo electrónico: junta-historico@zaragoza.es
- Por fax: 976721432.
- Por correo postal o en persona en la sede de la Junta de Distrito (Calle San Pablo, 37, 50003 Zaragoza). El horario de apertura es de 08:30 a 13:30.
Las entidades que participen se comprometen a difundir el proceso de presupuestos participativos de la Junta de Distrito por todos sus medios.
4. ¿Qué ocurre una vez presentada?
25 de abril. Sesión donde las entidades presentan sus proyectos.
26-28 de abril. Valoración técnica de los proyectos y plazo de subsanación de errores.
Criterios de valoración:
- Grado de implicación en la Junta de Distrito.
- Abordar temas de interés tratados en las comisiones y mesas de trabajo de la Junta. Asimismo se procederá a agrupar los proyectos por sectores. En el caso de que alguno de ellos indique más de uno, se tendrá en cuenta, entre otras razones, una distribución equilibrada de cara al proceso de votación.
2-17 de mayo. Plazo de exposición pública. Los proyectos presentados se expondrán, al menos, en:
- JUNTA MUNICIPAL DE CASCO HISTÓRICO C/ San Pablo , 37, de lunes a viernes de 8:30 a 13:30
- CENTRO DE HISTORIAS, Plaza San Agustín, 2, de martes a sábado de 10:00 a 14:00 y de 17:00 a 21:00, el domingo de 10:00 a 14:30, el lunes cierra como todos los museos. http://www.zaragoza.es/ciudad/museos/es/chistoria
- CENTRO DE DOCUMENTACIÓN DEL AGUA Y DEL MEDIO AMBIENTE, Paseo Echegaray y Caballero, 18, de Lunes a viernes de 9:30 a 20:30 y sábados de 9:30 a 13:30 el domingo permanece cerrado. http://www.zaragoza.es/ciudad/medioambiente/centrodocumentacion
18-19 de mayo. Jornadas de votación en horario de mañana en la sede de la Junta de Distrito y 20 de mayo en el Hotel de Entidades. El proceso se atendrá al reglamento anexo.
22 de mayo. Proclamación de las propuestas elegidas.
Las entidades deberán aportar a la Junta publicidad de las actividades que van a desarrollar para su difusión entre vecinos y vecinas del distrito.
Hasta el 31 de octubre. Justificación de los proyectos, que incluirá las facturas de gasto, una memoria completa con los materiales empleados y, en su caso, fotografías de las actividades.
5. ¿Y si tengo alguna duda?
Puedes dirigirte a la Junta de Distrito: junta-historico@zaragoza.es y 976721482
Reglamento de votación de los proyectos financiados con cargo al capítulo de gastos y de actividades de la Junta Municipal del Casco Histórico.
Sección 1. De las personas participantes
Artículo 1. Votantes.
1.1 Pueden ser votantes todas las personas mayores de 14 años residentes o titulares de comercios ubicados en el distrito del Casco Histórico.
1.2 La dirección que figura en el DNI o NIE será motivo automático para autorizarse la participación sin que quepa interpretación o matización alguna.
1.3 En caso de figurar en dichos documentos una dirección que no se corresponda con la del distrito, se tendrá que justificar documentalmente su relación con el mismo ante la comisión electoral. Esto incluye: certificados de empadronamiento, contratos de alquiler, recibos de suministros …
1.4 La mesa electoral autorizará la participación de cada persona si a su juicio cumplen los requisitos que se recogen en los artículos anteriores.
1.5 La participación es voluntaria y conlleva la obligación de aceptar este reglamento en su totalidad, que a efectos jurídicos se considerará un contrato privado vinculante.
Sección 2. De los proyectos
2. La comisión electoral garantizará que durante la jornada de votación esté disponible para las personas votantes la documentación de los proyectos presentados y susceptibles de ser votados, así como esta normativa.
Sección 3. De las votaciones
3. Votación
3.1. La papeleta de votación será única y reflejará todos los proyectos con su nombre completo y la entidad o entidades promotoras. Aparecerán agrupados por sectores, pudiendo figurar cada proyecto solo en uno de ellos.
3.2. Se votará otorgando puntuación a cada proyecto en función de un orden de prelación, hasta 6 proyectos. 6 puntos al preferido, 5 a la siguiente, 4 a la siguiente, y así hasta 1 punto; con la obligación de votar a un mínimo de 6, repartidos entre los cuatro sectores establecidos (cultura, educación, convivencia, medio ambiente y salud comunitaria). Todos los sectores deberán tener, al menos, un proyecto votado.
3.3. Para evitar la duplicidad del voto, se llevará un control de las personas que ejerzan este derecho mediante una lista que contenga nombre y apellidos y número de DNI.
4. Serán válidas todas las papeletas que puntúen hasta 6 proyectos, con el reparto mencionado en el artículo 3.2.
5. La votación tendrá lugar los días 18 y 19 de mayo de 2017, entre las 08:30 y las 13:30 horas en la sede de la Junta de Distrito (calle San Pablo, 37) y el 20 de mayo entre las 10:00 y las 14:00 horas, y entre las 17:00 y las 20:00 h en el Hotel de Entidades (avenida de César Augusto, 72).
6. Terminada la votación, la mesa electoral sumará la puntuación de todos los proyectos votados.
7. De conformidad con la Ley Orgánica del régimen electoral general, los posibles empates se resolverán mediante sorteo entre aquellos proyectos que hayan empatado.
Sección 3. De la elección de los proyectos
8. Conocidos los resultados, se procederá a ordenar la lista. Se hará en función del número de puntos obtenidos.
9. Los proyectos elegidos serán aquellos que obtengan mayor puntuación, hasta agotar el presupuesto disponible.
10. Si resultan elegidos dos proyectos promovidos por la misma entidad, solo podrá ser financiado el más votado, pasando el segundo al final de la lista de reservas. En el caso de que haya más de un proyecto en esta situación el orden se determinará por el número de votos.
11. La comisión electoral hará públicos mediante correo electrónico y en el tablón de la Junta de Distrito (calle San Pablo, 37), los resultados finales indicando el nombre de los proyectos, el número total de votos obtenidos y los proyectos financiables con cargo a capítulo de gastos y actividades de la Junta del ejercicio 2017.
12. Una vez finalizado el proceso, la comisión electoral procederá a la entrega de la documentación a la Junta de Distrito para que se incorpore al expediente correspondiente, sin que ningún integrante de la comisión pueda conservar copia alguna.
Sección 4. De la comisión electoral
13. La comisión electoral es la máxima autoridad que vela por el desarrollo del proceso, por lo que su autonomía e independencia han de estar garantizadas.
13.1. La comisión electoral estará presidida por la Presidenta de la Junta de Distrito y compuesta por personas integrantes del Pleno de la Junta, y su número será entre 5 y 7 personas.
13.2. Una vez recibido este reglamento, las personas mencionadas en el artículo 13.1 deberán mostrar su disponibilidad a participar en el plazo más breve posible y, en todo caso, antes de la apertura de la urna.
13.3. En caso de haya más personas candidatas que puestos de la comisión, el orden de prelación es el siguiente: vocales de la Junta, asociaciones de vecinos y el resto de miembros del Pleno.
13.4. En caso de que la comisión electoral no pueda ser completada por personas integrantes del Pleno, la Presidencia de la Junta o, en su defecto, la Vicepresidencia de la misma podrá designar a otras personas vinculadas con el distrito hasta completar el número establecido.
14. Se garantizará al menos, la presencia de uno de sus miembros durante todo el proceso de votación.
15. Todas las decisiones de la comisión electoral son colegiadas, pudiéndose adoptar por unanimidad o por mayoría simple.
Sección 5. De la mesa electoral
16. La mesa electoral es el órgano encargado de llevar a cabo el proceso de votación y de resolver las incidencias, que serán reflejadas en el acta de la sesión. En caso de duda procederá a consultar a la comisión electoral.
17. Estará compuesta por personas voluntarias designadas por la comisión electoral.
18. Una vez finalizado el horario de la votación, procederá a levantar acta donde indique el número de puntos obtenido por cada proyecto, el orden de los mismos de mayor a menor, así como las incidencias ocurridas, y elevará a la comisión electoral la propuesta de proyectos financiables, según la normativa establecida al efecto.