Principios etnoecológicos para el desarrollo sustentable de comunidades campesinas e indígenas

Publicado el 14 enero 2011 por Sofogebel
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por Víctor M. Toledo
Un nuevo fantasma recorre el mundo, de los países agrarios a las naciones industriales, de las regiones...
 tropicales a las porciones polares, por oriente y occidente. En efecto, desde su promulgación a escala internacional en la Cumbre sobre Ambiente y Desarrollo que tuvo lugar en Río de Janeiro, el nuevo concepto de desarrollo sustentable recorre todos los ámbitos políticos, financieros, sociales, diplomáticos, culturales, científicos del mundo contemporáneo como un espectro multifacético. Aunque en su versión más amplia, este concepto integra las dimensiones ecológicas sociales y económicas del desarrollo y toma en cuenta a las generaciones futuras, lo cierto es que ha sido adoptado e interpretado de múltiples formas por quienes lo invocan. ¿Es posible aplicar los principios implícitos del desarrollo sustentable a las comunidades campesinas e indígenas de México, América Latina y del mundo?
El presente ensayo intenta darle un cuerpo, tangible y concreto, al fantasma del desarrollo sustentable, a través de la propuesta y decantación de un conjunto de principios derivados, no de la cabeza del autor, sino de la experiencia acumulada durante más de dos décadas en el estudio de diferentes comunidades rurales de México y otras partes del mundo.
Los seis pilares del desarrollo comunitario sustentable
Se puede definir un desarrollo comunitario sustentable como aquel proceso de carácter endógeno por medio del cual una comunidad toma (o recupera) el control de los procesos que la determinan y la afectan. Es posible distinguir hasta seis diferentes tipos de procesos (véase abajo).
Esta definición se deriva de un principio general que afirma que la razón fundamental por la cual la sociedad contemporánea y la naturaleza sufren un proceso generalizado de explotación, expoliación y deterioro, es la pérdida de control de la sociedad humana sobre la naturaleza y sobre sí misma. En esta perspectiva, la historia de la humanidad ha sido un movimiento hacia una cada vez mayor pérdida del control sobre los procesos que afectan a los seres humanos y a su entorno y no lo contrario (como frecuentemente lo quieren mostrar los enfoques del “progreso social”). En otras palabras, la autodeterminación o la autogestión, concebida como una “toma de control” es el objetivo central de todo desarrollo comunitario.
La primera acción que toda comunidad debe realizar es la toma de control de su territorio. Ello implica el deslinde de la superficie que le corresponde, el establecimiento de sus límites, el reconocimiento de su territorio por parte del Estado y de las comunidades o propietarios vecinos, etc.
El uso adecuado o no destructivo de los recursos naturales (flora, fauna, suelos, recursos hidráulicos, etc.) que forman parte de su territorio, constituye la segunda toma de control de toda comunidad rural. Ello se logra a través del diseño y puesta en práctica de un plan de manejo de los recursos naturales, capaz de normar y regular las actividades agrícolas, pecuarias, forestales y pesqueras que la comunidad realiza. Dicho plan de manejo implica la elaboración de un diagnóstico, un inventario, y de ser posible, la elaboración de un Sistema de Información Geográfica, por medio del cual se logre evaluar la oferta ecológica de los recursos del territorio de la comunidad.
El control cultural, implica que la comunidad tome decisiones que salvaguarden sus propios valores culturales, incluyendo la lengua, vestimentas, costumbres, conocimientos, creencias, hábitos, etc. Para ello la comunidad deberá crear mecanismos que garanticen el rescate cultural y la toma de conciencia por parte de los habitantes de la existencia de su propia cultura (orgullo étnico). El incremento de la calidad de vida de los miembros de la comunidad es una tarea central de todo desarrollo comunitario, y ello conforma la toma de control social. Esto incluye aspectos tales como la alimentación, salud, educación, vivienda, sanidad, esparcimiento e información.
La regulación de los intercambios económicos que la comunidad y sus miembros realizan con el resto de la sociedad y con los mercados locales, regionales, nacionales e internacionales, conforman la toma del control económico. Ello implica el enfrentar de manera comunitaria los fenómenos económicos externos que afectan la vida productiva de la misma, tales como las políticas de fijación de precios (por el mercado o por el Estado), las políticas macroeconómicas, los subsidios, impuestos, préstamos, etc. Ello supone atenuar los mecanismos que afectan, inhiben e incluso castigan la esfera productiva de la comunidad.
Finalmente, la última dimensión es la toma de control político. Ello supone una capacidad de la comunidad para crear su propia organización (socio/productiva), así como para promulgar o ratificar las normas, reglas y principios que rigen la vida política de la comunidad. Esta dimensión debe asegurar la participación de los miembros, la democracia comunitaria, la autonomía política y la ejecución del derecho consuetudinario.
Cada una de estas seis dimensiones (territorial, ecológica, cultural, social, económica y política) del desarrollo comunitario, son esferas que difícilmente existen sin la realización de las otras. Dicho de otra forma la recuperación del control debe ser integral o completa; esto es, debe incluir las seis dimensiones aquí reconocidas. Por ejemplo no es posible mantener y defender la cultura mientras persista un proceso de destrucción de los recursos naturales, lo cual a su vez afecta la calidad de vida de los miembros de la misma. Sin embargo, la defensa de la cultura y de la naturaleza, el mantenimiento y/o mejoramiento de la calidad de vida de los miembros de la comunidad (productores y sus familias) y el aminoramiento y/o supresión de la injusticia económica que perpetúa un intercambio económico desigual con la sociedad, se vuelven tareas difíciles de lograr si no existe una verdadera organización política. Por ello, la toma de control político es sin duda la acción nodal, de la cual dependen las otras tomas de control de las otras dimensiones.
La conciencia comunitaria
Estos seis procesos que conforman un verdadero desarrollo comunitario sustentable, solo se logran en la medida en que los miembros de la comunidad adquieren, acrecientan y consolidan una conciencia comunitaria.
En México, como en el resto del mundo, las comunidades rurales se encuentran permanentemente asediadas por las fuerzas destructivas del “desarrollo modernizador” (basado en la destrucción de la naturaleza y de la colectividad y en la consagración del interés individualista) que la sociedad industrial, tecnocrática y materialista intenta imponer por todos los rincones del planeta.
Por esta razón, el desarrollo comunitario debe tomar en cuenta el estado en el que se encuentra cada comunidad. Así existen desde comunidades en pleno proceso de desintegración o descomposición hasta comunidades más o menos organizadas donde es más factible y viable realizar un desarrollo autogestivo. En todos los casos, sin embargo, la propia comunidad deberá como primer requisito elaborar un plan de desarrollo comunitario que es el instrumento esencial de lucha y resistencia y el marco a partir del cual se pueden integrar las acciones.
Nueve principios etno-ecológicos para el desarrollo comunitario
La perspectiva etno/ecológica que ubica a las comunidades rurales como células productivas del organismo social, encargadas de realizar la apropiación de la naturaleza o de los recursos naturales (representados por los ecosistemas) a través de las actividades agropecuarias, forestales y pesqueras, permite derivar un conjunto de nueve principios que sustentan las acciones dirigidas a la “toma de control” territorial, ecológico, social, cultural, económico y político. Esta visión sitúa a las comunidades en el centro de la intersección socio/ecológica, esto es, como una entidad tensada por las fuerzas de la naturaleza y de la sociedad.
Dicha tensión es el resultado de los intercambios materiales que la comunidad realiza con la naturaleza (intercambios ecológicos) y con la sociedad (intercambios económicos), a partir de los cuales realiza su metabolismo productivo.
Estos principios derivan a su vez de la ubicación espacial de las comunidades, es decir de su comprensión topológica en el territorio planetario. De los nueve principios propuestos, cinco conforman un grupo de principios prácticos, en tanto que los otros cuatro constituyen principios filosóficos.
Entre los primeros se encuentran los siguientes principios: diversidad (biológica, genética, ecológica, paisajística, productiva), autosuficiencia, integración (de prácticas productivas, de unidades de paisaje, de ciclos naturales, etc.). equidad (productiva, de recursos, de participación, etc.), justicia económica (especialmente dirigida a obtener precios justos a los productos comercializados por la comunidad).
Por otra parte, los cuatro principios filosóficos, se reconocen alrededor de la idea de equilibrio. De esta forma se da lugar a los siguientes principios:
Principio de equilibrio espacial fundamentalmente dirigido a lograr y garantizar lo que se denomina una estabilidad del paisaje, a través del manejo armónico de las diferentes unidades eco/geográficas que conforman el territorio comunitario.
Principio de equilibrio productivo, es decir a mantener una estrategia donde el valor de cambio (la producción volcada al mercado) se halla bajo el dominio del valor de uso (la producción dirigida a garantizar la autosuficiencia alimentaria, energética, tecnológica, etc, de la comunidad).
Principio de equilibrio comunitario dirigido a equilibrar los derechos de cada familia o unidad productiva con los derechos colectivos o comunitarios.
Principio de equilibrio familiar, en donde la armonía de los miembros de cada familia se ve garantizada a través de la satisfacción de las necesidades esenciales: alimentación, salud, vivienda, sanidad, educación, información y reproducción.
Víctor M. Toledo es investigador en el Centro de Ecología de la UNAM. Apdo 41 – H, Sta. María Guido, Morelia, Michoacán 58090, México. Reproducido con modificaciones del artículo publicado en Temas Clave, CLAES, No. 4, Agosto de 1996. Se reproduce en nuestro sitio únicamente con fines informativos y educativos
Fuente: elpueblosoberano.net