Procurador Fiscal

Publicado el 28 junio 2014 por Javier Marcos Angulo @clamorsegovia

Horrach y Castro

Hace siglos, se llamaba "Hombre del Rey" o "Procurador Fiscal" a los que representaban en un proceso los intereses y asuntos del monarca de turno. Al paso del tiempo, estas personas acabaron transformándose en funcionarios, que con su presencia, permitían un enjuiciamiento más imparcial.
En el año 1835, se promulgó el Reglamento provisional para la Administración de Justicia, en donde se estructuraba en territorio español el Ministerio Fiscal.
El 15 de septiembre de 1870, se produce un avance importante con la entrada en vigor de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Después se sucedieron las leyes de enjuiciamiento civil y criminal, que vieron la luz en 1881 y 1882. En 1886, se publica un Real Decreto se desliga del Ministerio Fiscal de la defensa de los intereses del Fisco (la defensa de Hacienda y de la Administración Pública) y es reasignada al Cuerpo de Abogados del Estado.
Con la instauración de la democracia en España y la entrada en vigor de nuestra actual Constitución de 1978, comienza una nueva etapa del Ministerio Fiscal, en donde en el artículo 124 de dicha Constitución, se reconoce de modo expreso al Ministerio Fiscal.
El Ministerio Fiscal de España, actualmente, es el órgano constitucional integrado con autonomía funcional en el Poder Judicial, que según nuestra Carta Magna del 78, tiene encomendada la promoción de la acción de la justicia en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público tutelado por la ley, de oficio o a petición de los interesados, así como velar por la independencia de los Tribunales y procurar ante éstos la satisfacción del interés social.
El artículo 124.1 de la Constitución, deja claro que está capacitado como defensor de la legalidad, independencia de los Tribunales, intervención en el proceso penal.
En el artículo 124.2 de nuestra Constitución Española, el Ministerio Fiscal ejerce sus funciones por medio de órganos propios con forme a los principios de unidad, dependencia, legalidad, imparcialidad.
Pero al leer detenidamente la naturaleza de este órgano público, se pone de manifiesto un problema importante pues en realidad no existe independencia, ya que es un órgano cuya jefatura recae en el Fiscal General del Estado, cargo que se designa por el Gobierno, por lo que los criterios que regirán la actuación del mismo podrán tener origen en dicho Gobierno, y en consecuencia muchas veces, en decisiones políticas.
Por todo lo expuesto, creo que el fiscal Horrach ha arremetido contra el Juez instructor José Castro, y dice en su recurso presentado en forma instantánea, diciendo entre otras cosas de desatar una "espiral inquisitiva" contra la hermana del rey. Recordemos que Horrach el 2 de septiembre de 2013, intenta apartar a Castro del caso. El 15 de enero de 2014 se produce la reacción más  grave del fiscal contra el instructor, diciendo que Castro es un conspirador.
Esto es la historia que más se parece a un "Procurador Fiscal".