¿Qué es mejor: hacer testamento o dejar que la ley decida?

Por Mbesse

Cuando una persona fallece, sus bienes y derechos pasan a sus herederos. Pero ¿quiénes son los herederos y cómo se determinan? Esto depende de si el causante (la persona fallecida) ha dejado o no un testamento. En este artículo te explicamos las diferencias entre la sucesión testamentaria y la sucesión ab intestato, así como sus ventajas y desventajas.

¿Qué es la sucesión testamentaria?

La sucesión testamentaria es la que se hace si el causante ha dejado testamento. El testamento es un documento en el que el causante expresa su voluntad sobre cómo quiere que se repartan sus bienes después de su muerte. Dicho testamento puede ser otorgado ante un escribano público ante tres testigos o ser ológrafo (hecho de puño y letra), según el tipo de testamento que se elija.

¿Qué es la sucesión ab intestato?

La sucesión ab intestato es la que hace el juez cuando no hay testamento o cuando este no es válido. En este caso, los herederos son los que establece la ley, siguiendo un orden de preferencia. Los herederos legítimos son:

  • Los descendientes del causante (hijos, nietos, etc.)
  • Los ascendientes del causante (padres, abuelos, etc.)
  • El cónyuge
  • Los parientes colaterales dentro del cuarto grado (hermanos, tíos, primos, etc.)
  • El Estado nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, según el lugar donde estén situados los bienes.

¿Qué se debe tener en cuenta para elegir entre hacer testamento o no?

Para elegir entre hacer testamento o no, se debe tener en cuenta la situación personal y familiar del causante, así como sus deseos y expectativas respecto a sus bienes y a sus herederos. Otro factor a tener en cuenta es la composición y el valor del patrimonio del causante, así como las posibles cargas o deudas que puedan afectarlo.

¿Qué consejos se pueden dar a las personas que quieren hacer testamento o que tienen dudas sobre el tema?

  • Informarse sobre los tipos de testamento que existen y las características de cada uno, así como sobre los derechos y obligaciones de los herederos y legatarios.
  • Consultar con un profesional especializado en derecho sucesorio, que pueda asesorar al causante sobre la mejor opción para su caso.
  • Reflexionar sobre la voluntad propia y la de los posibles beneficiarios, teniendo en cuenta las consecuencias jurídicas y económicas de cada decisión.
  • Elegir el tipo de testamento que mejor se adapte a las necesidades y preferencias personales, así como al patrimonio disponible.
  • Otorgar el testamento ante un escribano público o ante tres testigos, según el caso, cumpliendo con todos los requisitos formales y legales para que sea válido y eficaz.
  • Guardar el testamento en un lugar seguro y accesible, o comunicar su existencia y ubicación a las personas de confianza.
  • Revisar el testamento periódicamente y modificarlo si cambian las circunstancias personales o patrimoniales que lo motivaron.