Revista Fotografía

Qué funciones cumplen los consulados argentinos cuando viajamos al exterior

Por Magiaenelcamino @magiaenelcamino

Muchas veces, las personas que viajan al exterior creen que, ante cualquier problema, el consulado argentino en la ciudad donde se encuentren se hará cargo de todo lo que necesitemos. Y esto no es tan así.
Hace unos días, y ante la consulta de dos lectores, se me ocurrió leer bien el sitio oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y me llevé algunas sorpresas.
Es que pensaba, como la mayoría que viaja, que el consulado debe hacer ciertas cosas que, en realidad, no están bajo sus obligaciones. Entonces, me pareció buena idea compartirlo con todos los lectores del blog, porque es información que uno cree que sabe, pero que en realidad, desconoce.

Así que a continuación, transcribo (es información pública brindada por un organismo del Estado, por eso la copio tal cual), las competencias y no competencias de los consulados argentinos en el exterior.
Como decimos en nuestros consejos prácticos, siempre es buena idea llevar anotada en alguna libreta (o en el celular) la dirección y el teléfono de los consulados de los lugares donde estamos.

ES COMPETENCIA DEL CONSULADO:

  • Orientarlo en materia de asistencia jurídica y notarial.
  • Asistir a personas accidentadas o con problemas graves de salud. En ningún caso esta asistencia implica desembolso económico por parte del Cónsul o de la Cancillería Argentina.
  • Informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes o fallecimientos y catástrofes.
  • Interesarse por los connacionales detenidos.
  • Asegurar la legítima defensa en juicio de los ciudadanos argentinos, interiorizándose por su situación procesal, su estado de salud y procurar el mantenimiento de condiciones dignas de higiene y habitación, en el caso de los detenidos.
  • Atender los intereses de los connacionales en cuestiones de sucesión por causa de muerte.
  • Velar por los intereses de niños, niñas y adolescentes argentinos en situaciones de vulnerabilidad en el exterior.
  • A solicitud de autoridades judiciales o familiares directos -para fines exclusivamente humanitarios- procurar el paradero de personas a través de las autoridades locales.
  • Otorgar pasaportes, realizar actuaciones notariales y legalizar documentación.
  • Expedir venias de viaje a menores con el consentimiento de ley de los titulares de la patria potestad.
  • Realizar opción de nacionalidad de hijos de argentinos nativos nacidos en el exterior.
  • Tramitar documentación de identidad argentina (actualizaciones, duplicados DNI, cambios de domicilio, etc.).
  • Permitir la utilización de la dirección postal de la oficina consular para la recepción de correspondencia privada.

NO ES COMPETENCIA DEL CONSULADO

  • Ser parte en procesos judiciales o asumir los gastos relativos a procesos judiciales que involucren a ciudadanos argentinos en causas civiles, comerciales, penales, laborales, etc.
  • Interceder a su favor en caso de que quebrante o no respete las leyes locales (que, según los países, pueden diferir sustancialmente de la legislación argentina).
  • Procurarle un tratamiento diferenciado del que se brinda a los nacionales del país en hospitales o prisiones.
  • Realizar tareas que corresponden a agencias de viaje, aerolíneas, bancos, estudios jurídicos, empresas de mudanzas, servicios de correos, etc.
  • Proporcionarle pasajes o medios para regresar a la República o continuar viaje a otro punto, excepto en circunstancias muy especiales de indigencia probada o extrema vulnerabilidad que ameriten la evaluación de la repatriación, bajo el estricto cumplimiento de ciertos requisitos.
  • Proporcionarle dinero o hacerse cargo del pago de sus cuentas (facturas por alimentos, de transporte, hoteleras, legales, médicas o de cualquier otro tipo).
  • Gestionar ante las autoridades locales permisos de residencia, trabajo, visados para argentinos, etc.
  • Constituirse en garante o fiador.
  • Proporcionarle dinero para abonar gastos médicos, de internación, cirugías o repatrios sanitarios.
  • Abonar costos de repatrios de cenizas o restos mortales de ciudadanos argentinos fallecidos en el exterior, correspondiendo a los seguros contratados o a los familiares asumirlos.

Por esto último es que siempre, cuando nos preguntan por los seguros de viaje,  aconsejamos que no solo cumplan con la cantidad de dinero que se necesita estar cubierto para ingresar a ciertos países, sino que cubra todos los costos relacionados con la repatriación de restos. Suena feo, pero es necesario.

También hay que tener en cuenta que no siempre la sección consular (que hace los trámites) se ubica en el mismo lugar que la embajada.

En la foto, Dino posa frente al cartel de la embajada de la Argentina en Bangkok que, en ese momento (2010), se ubicaba en el mismo lugar donde se tramitaba la visa para India. Solo subimos para pedirles que nos hicieran una fotocopia. Y casi nos quieren cobrar. 

Qué funciones cumplen los consulados argentinos cuando viajamos al exterior

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