Pues, como todo en este país, a los que mandan de verdad. No me refiero a los políticos sino a los bancos.
Nos han vendido la nueva ley del alquiler como la ley del desahucio express pero nada más lejos de la realidad.
Es cierto que con la nueva ley es algo más ágil ya que se simplifica la burocracia pero no penséis en disponer del piso de un día para el otro. Si antes el proceso duraba 6 meses ahora tan “sólo” durará 4 meses.
Los cambios de fondo que plantea la nueva ley del alquiler benefician al propietario:
- Pasa de 5 a 3 años la duración mínima del contrato.
- Posteriormente las renovaciones son anuales y no cada 3 años como hasta ahora, esto permite incrementar el alquiler más a menudo.
- Se puede vincular la revisión del alquiler a cualquier indicador, hasta ahora sólo se podía al IPC.
Con la nueva ley se obliga a inscribir el contrato de alquiler en el registro de la propiedad, es decir, más gastos de notaría e impuestos de actos jurídicos.
Si no se inscribe y el piso se vende, el nuevo comprador puede rescindir el contrato y el inquilino queda desamparado.
Esto a la práctica provocará que para ahorrarse los gastos correspondientes no se inscriban en el registro y cuando el propietario decida vender el piso lo podrá hacer fácilmente ya que el nuevo propietario tiene la tranquilidad de no tener que mantener al inquilino.