Reclamación de multas

Por José José Avilés Vega @joseavilesvega

La sanción más habitual es el exceso de velocidad

El buen tiempo y las vacaciones animan a utilizar el coche en verano. Pero esta suele ser también una de las estaciones del año en la que radares y agentes de seguridad se muestran más atentos. Una mezcla que puede multiplicar las multas de tráfico, aunque no todas ellas sean siempre justas.

En tales casos, ¿cómo recurrirlas?

Las alegaciones se pueden presentar directamente o a través de una aseguradora de protección jurídica con coberturas para conductores, en caso de que el afectado cuente con una póliza de este tipo o el seguro de su vehículo lo contemple. Actualmente todas las aseguradoras lo ofertan por un precio muy reducido. Pero también hay que valorar si las razones que se van a alegar podrán prosperar o no ya que en este último caso nos supondría un mayor quebranto económico. No hay que olvidar que solo por el hecho de presentar el recurso estamos renunciando a la bonificación del 50% del importe de la sanción por pronto pago.

 Si, a pesar de todo, decidimos seguir adelante, habrá que tener en cuenta las cuestiones de fondo y las de forma. Y recordar que la Ley de Seguridad Vial establece que los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico tienen presunción de veracidad en su palabra, salvo prueba de lo contrario. Es decir, que es el denunciado el que tendrá que demostrar que no ha cometido la infracción. Pero, ¿cómo puede hacerlo?

Es necesario conseguir pruebas para rebatir el argumento de los agentes de tráfico cuando no estemos de acuerdo con ellos. “Por ejemplo, si nos sancionan por mal estacionamiento pero consideramos que la zona no está bien señalizada, conviene tomar una fotografía del lugar de la denuncia para acreditar nuestra versión”.

Otras denuncias vienen acompañadas de más pruebas, sobre todo en las que se producen por exceso de velocidad. En estos casos, habrá que comprobar las fotografías captadas por el radar y el certificado de homologación y verificación del aparato. “En las sanciones por alcoholemia, la viabilidad de las alegaciones también dependerá de que las pruebas se hayan practicado correctamente y el etilómetro esté homologado y con la revisión en vigor”.

En algunas ciudades la Policía Local usa vehículos dotados de cámara móvil

Las cuestiones de forma también son fundamentales, y en ocasiones decisivas, a la hora de recurrir una multa y de que las alegaciones presentadas sean aceptadas. Por ejemplo, puede ocurrir que la denuncia esté incompleta o que alguno de los datos que contenga sea incorrecto.

Pero tampoco quiere decir esto que se anule el expediente sancionador si alguno de estos datos no se ajusta completamente a la realidad, ya que la Administración cuenta con la posibilidad de subsanar el defecto en un plazo determinado según la calificación de la multa sea leve, grave o muy grave.

También es posible recurrir una sanción si la Administración que la ha gestionado ha incurrido en algún error en la tramitación del expediente. Entre los supuestos más habituales, podemos encontrar la prescripción de la infracción, la caducidad del expediente o, por ejemplo, un error en las notificaciones practicadas, ya sea por el lugar donde se han enviado o la manera en que se han realizado.