El Tribunal Supremo de Justicia ha emitido una dura sentencia donde ordena a la A.N. excluir "inmediatamente" de la Asamblea, a los tres diputados opositores del Amazonas que fueron juramentados, coaccionando esta acción al declarar nulos todos los actos que esta emita hasta cumplir esta orden.
No hay duda alguna que con la jugada tramposa y abusiva del que fuer su presidente, Diosdado Cabello, que armó ates del 5E, este logra día a día deslegitimar cada acto de la A.N. colocando leyes amañadas de dolo para someter el poder legislativo venezolano a voluntad del dictatorial régimen castrochavista.
La voluntad soberana del pueblo, que, dentro de una Democracia es definitiva, hoy está siendo vulnerada por un poder judicial infectado por un ejecutivo manejado por intereses cubanos.
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MAGISTRADOS DE PACOTILLA...
Simón Calzadilla: AN no acatará sentencia del TSJEl segundo vicepresidente de la Asamblea Nacional (AN) aseveró que es imposible acatar la sentencia emanada este lunes por la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en la que declara nulos todos los actos del parlamento y ordena la desincorporación de los diputados electos por Amazonas.
Posted by Ñerito Margariteño on lunes, 11 de enero de 2016
@carlosramirezl3 En 2013 el TSJ aclaró que un poder no puede "desproclamar" a otro (video) https://t.co/bQYu7DGiiX vía @Bilancieri — Sandra Buitrago (@Sandrin_B) enero 11, 2016
Sentencia del 2013 del TSJ: "Ningún poder constituido puede desproclamar a un funcionario electo"
Cualquier pretensión de anular una elección y/o de desproclamar a un funcionario electo por parte de algún poder constituido, al margen de una disposición constitucional expresa y desconociendo ‘el preponderante rol del cuerpo electoral una vez que ha sido manifestada su voluntad en un proceso comicial’, implicaría subordinar la libre expresión de la voluntad popular a una ‘técnica operativa, tomando en consideración –además- los traumatismos políticos e institucionales que supone la forzosa desincorporación de un funcionario electo…’, como expresara esta Sala en el fallo citado supra.
DECISIÓN
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declaraINADMISIBLE la solicitud de “aclaratoria y ampliación” interpuesta por el ciudadano Alfredo Romero Mendoza, identificado supra.
Publíquese y regístrese. Archívese el expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los 11 días del mes de enero de dos mil trece (2013). Años: 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
Lea aquí la SENTENCIA completa
La ley es para todos
RT!!! ¿QUÉ PASÓ CON ESTO .@nicolasmaduro? El pez muerte por la boca. Reconozcan que NO son mayoría pic.twitter.com/8Xi10RFWVp — Alberto Rodríguez (@AlbertoRT51) enero 11, 2016
RT!!! ¿QUÉ PASÓ CON ESTO .@dcabellor? El pez muerte por la boca. Reconozcan que NO son mayoría pic.twitter.com/DPieUayuOM — Alberto Rodríguez (@AlbertoRT51) enero 11, 2016
Por otro lado, se ha sabido que Nicolás Maduro busca no ir a la A.N. a rendir el informe protocolario y en vez de ello presentará memoria y cuenta en el TSJ, también, y lo más grave, el hoy diputado Diosdado Cabello en compañía de sus abogados entregados al régimen, buscan disolver un poder público haciendo que la Sala Constitucional asuma funciones de la A.N.