República Dominicana: La nueva ley del Trabajo Doméstico afectará a más de 300.000 mujeres

Publicado el 15 julio 2012 por Hogaradas @hogaradas

El Proyecto de Ley del Trabajo Doméstico, depositado el 29 de junio por el senador Adriano Sánchez Roa, busca la formalización y profesionalización del trabajo doméstico de acuerdo con el convenio 189 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), del cual el país es signatario.

La propuesta reconoce que el trabajo doméstico continúa con “un carácter informal, infravalorado, marginal, indigno y objeto de desprecio” a pesar de “contribuir indirectamente con su labor a la generación de riquezas, el fomento de la productividad y a ofrecer seguridad en la calidad de vida a sus empleadores y empleadoras.”

En respuesta a las necesidades del sector, los artículos 4, 6, 7 y 8 buscan la celebración obligatoria del contrato de trabajo el cual, además de detallar los derechos y deberes de las trabajadoras, garantizará la indemnización en caso de terminación del mismo.

Además del descanso semanal determinado en acorde con la modalidad de trabajo de la trabajadora, los artículos 18, 19 y 20 garantizan el derecho al descanso remunerado de 15 días por ańo laborado y los días feriados o a la compensación del 50% de remuneración.

El capítulo IV otorga el derecho a “gozar de todas las disposiciones de la ley 87-01 y sus modificaciones” el cual les da el acceso formal al Sistema Dominicano de Seguridad Social y garantiza el acceso a los servicios de salud, Fondos de Pensiones y riesgos laborales. Las cotizaciones para estos servicios procederían basadas en el salario de las trabajadoras y las contribuciones serán hechas por el empleador (11%), el Estado (7.75%) y la propia trabajadora (4.5%) para un total de 23.25% del salario.

En búsqueda de la profesionalización, el capítulo V propone crear una escuela de formación laboral con el fin de entrenar las trabajadoras y contarían con el apoyo del Ministerio de Educación Ciencia y Tecnología y Instituto de Formación Técnico Profesional (INFOTEP). Los artículos 30 y 31 apoyan la priorización de la educación y proveen un incentivo de gratificación equivalente a 50% de la remuneración mensual los meses de julio y diciembre para todas las trabajadoras que asistan regularmente a un centro de estudio.

Esta ley será ejecutada a través del Consejo Laboral del Trabajo Doméstico que se crea mediante el artículo 9 de la misma. Este consejo será compuesto por representantes de entidades gubernamentales y organizaciones civiles que representen a las trabajadoras y los empleadores.

En el momento de la presentación del proyecto, su proponente Adriano Sánchez Roa, según su página oficial explicó que “el objetivo de este proyecto es que el trabajo doméstico... sea dignificado, y deje a un lado las condiciones discriminatorias que conllevan a mantener salarios bajos, sin ningún tipo de protección y sin seguridad social efectiva.” Además, agregó que la iniciativa busca fomentar las condiciones necesarias que contribuyan al crecimiento de las trabajadoras y garantizar una vida digna al finalizar sus labores.

Sobre el proyecto, el Ministro de Trabajo, Francisco Domínguez Brito, opinó que esta situación excluyente que ha padecido el sector doméstico, constituye una preocupación para nuestro Ministerio... De ahí que consideramos fundamental adecuar la legislación vigente para promover el trabajo decente a todos y todas trabajadoras domésticos dominicanos.”

La ley reconoce como trabajadoras domésticas aquellas que “estén al servicio del hogar, efectuando las labores de aseo, cocina, lavado, asistencia, cuidado de nińos, jardinería y demás propias del buen funcionamiento, y fortalecimiento de la vida de un hogar.”

Según la ley, se estima que 325,000 trabajadores domésticos laboran en el país, el cual representa 13% de la mano de obra. Según un reporte elaborado por el Observatorio Político Dominicano, el cual cita una encuesta de la Oficina Nacional de Estadísticas, se estima que alrededor del 96.5% de las trabajadoras domésticas son mujeres. http://www.acento.com.do/

Fuente