Rescatar el Plan de Pensiones

Por José José Avilés Vega @joseavilesvega

Los planes de pensiones son contratos suscritos con una entidad financiera depositaria en virtud de los cuales se efectúan aportaciones que se van acumulando y quedan permanentemente invertidas en activos financieros, con la finalidad de ir constituyendo un ahorro para el cobro de prestaciones en el futuro y ante el acaecimiento de determinadas condiciones previstas en la ley. Es por ello, que estos productos constituyen una de las alternativas de ahorro e inversión más utilizados entre los españoles, gracias a una fiscalidad ventajosa respecto a otros productos financieros.

Sin embargo, este tipo de productos solo puede rescatarse en situaciones especiales, constituyendo un vehículo de ahorro inviolable. Hasta el año 2009 cuando se introdujeron ciertas modificaciones en el reglamento de planes y fondos de pensiones, los planes de pensiones sólo podían rescatarse ante el ocurrencia de uno de estos supuestos:

- Jubilación: Acceso efectivo a la jubilación en el régimen de Seguridad Social correspondiente, ya sea a la edad ordinaria, anticipada o posteriormente. Es el principal causante del rescate de los planes de pensiones y la verdadera esencia del producto.

- Incapacidad laboral del partícipe: Incapacidad permanente total para la profesión habitual, absoluta y permanente para todo trabajo o gran invalidez, según los criterios de la Seguridad Social. Es decir, que debe poder demostrar esta situación mediante un documento público, tras pasar un tribunal médico.

- Fallecimiento del partícipe o beneficiario: El deceso del titular da lugar a que los herederos puedan cobrar el plan de pensiones sin más demoras.

- Dependencia severa o gran dependencia: Cuando, por pérdida de autonomía mental o física, se necesita la asistencia continua de otra persona para realizar actividades básicas de la vida diaria.

Plan de Pensiones: este tipo de productos solo puede rescatarse en situaciones especiales reguladas por Ley.

De este modo, las personas que atravesaban una crisis financiera producto de su estado de paro no contaban con la posibilidad de rescatar su dinero ahorrado para hacer frente a sus finanzas diarias. Gracias a las reformas introducidas esto ha quedado en el pasado y en caso de desesperación financiera, al no contar con ninguna prestación, bien por haberla agotado o por no tener derecho a ella, pueden rescatar dichos planes y fondos y disponer de los mismos sin demora.

De esta forma se agrega otra casuística para el rescate según explicamos a continuación:

- Desempleo de larga duración: En el caso de que el ahorrador pierda su trabajo, permaneciendo en situación de paro durante más de 12 meses, podrá reclamar a la entidad con la que contrató su plan de pensiones su capital y la entidad debe entregárselo. Esta posibilidad habilitada por el Real Decreto 1229/2009, implica que se observen ciertos requisitos. Según se ha dispuesto, para poder incluirse en este grupo, el sujeto no debe tener derecho a las prestaciones por desempleo en su nivel contributivo, o haberlas agotado; que el titular no suscribiese el Plan de Pensiones estando desempleado; Como requisito adicional se exige que esté inscrito en el Servicio Público de Empleo Estatal , como demandante de empleo en el momento de la solicitud.

Hasta aquí el caso de un trabajador por cuenta ajena. Sin embargo, la posibilidad de rescatar el plan de pensiones, también se encuentra disponible para el caso de los trabajadores por cuenta propia. En este caso, el autónomo debe haber estado integrado en un régimen de la Seguridad Social como tal, pudiendo rescatar el dinero de su plan de pensiones al figurar como demandantes de empleo de forma ininterrumpida durante los 12 meses anteriores a la solicitud.

En resumen, después de las reformas aprobadas, el partícipe desempleado podrá disponer antes de su plan de pensiones una vez agotada la prestación contributiva por desempleo o en caso de no tener derecho a la misma. Al mismo tiempo, el autónomo que cese en su actividad y se inscriba como demandante de empleo también podrá rescatar el plan sin esperar el periodo de 12 meses que se exigía antes de las mismas.

Esto abre la posibilidad para muchos ahorradores de salir de una situación desesperada, aunque hay que tener en cuenta que lo que está recuperando es dinero que iba a ser utilizado en el futuro.