Asimismo, el texto de la Ley 14.255 indica que algunos artículos (1º y 4º) se encuentran observados por el Decreto 339 donde se exponen los motivos de dicha observación y se aclara que la objeción planteada en el mismo no altera la aplicabilidad ni va en detrimento de la unidad de la Ley.
IMPORTANTE: IPS ya está ingresando trámites bajo esta nueva legislación. Para ello deberá tener firmado el formulario con la opción “Jubilación Ley 14255″ que entregan al presentar el trámite en Dirección General de Escuelas o DIPREGEP, según corresponda. Además, según informan en el Instituto solo se otorgará bajo esta ley el 70% del mejor cargo, que es el porcentaje básico que brinda este organismo a sus beneficiarios.
En DIPREGEP y en DGE informan que solo aceptarán ceses por cierre de cómputos a los transferidos que opten por la Ley 14.255.
Para bajar el texto de la Ley 14.255 o del Decreto 339 haga clic sobre el documento.