Según un fallo, brindar las claves bancarias no exime al banco de su responsabilidad

Publicado el 16 octubre 2022 por Equagliano @quiquequagliano

La Cámara II en lo Civil y Comercial de La Plata se expidió así sobre el caso de una docente jubilada de 65 años que fue engañada por ciberdelincuentes que ingresaron a su homebanking, le vaciaron la caja de ahorro y sacaron un préstamo por $260 mil.

Este fallo sin precedentes en materia de phishing fue emitido durante un juicio que se está llevando a cabo contra el Banco Provincia, la entidad bancaria pública de la provincia de Buenos Aires, en Argentina.

La justicia entendió que aunque ella brindó voluntariamente, mediante un engaño, sus claves bancarias a los ciberdelincuentes, eso no exime a la entidad en cuanto a su responsabilidad en la falta de actualización de las medidas de seguridad para evitar el delito.

El engaño tuvo lugar en agosto de 2020, cuando la víctima recibió un llamado telefónico de un supuesto empleado del Banco Provincia que la convenció para que le brindara su usuario y contraseña de homebanking, con la excusa de que debía actualizar las claves.

Alertada luego por el faltante de dinero y el préstamo otorgado, la jubilada presentó la denuncia penal correspondiente y le solicitó al banco que dejara de cobrar las cuotas del préstamo que habían solicitado los ciberdelincuentes, obteniendo una respuesta negativa por parte del Provincia.

Los magistrados entendieron que "los argumentos brindados por el banco no resultan suficientes" y aseguraron que "parecería que las medidas bancarias vigentes se tornan obsoletas e insuficientes". Además, le pidieron al Banco Provincia que encuentre "nuevas medidas de seguridad complementarias y superadoras de las vigentes".

"El Banco Provincia, erradamente, apeló la medida y ese error los ha llevado a un camino infinito de precedentes que han sido muy favorables a mi representada. La gran brecha jurisprudencial se fija primero con las cautelares y luego con las sentencias de fondo", afirmó a un medio local Marcelo Szelagowski, abogado patrocinante.

Lo más importante para destacar de este caso es que quedó descartado el argumento que utilizan la mayoría de los bancos que enfrentan juicios por phising de que el cliente es el único culpable.

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