Seguridad Social acusada de estafa

Publicado el 19 octubre 2016 por Elblogderamon @ramoncerda

Las estafas y los engaños están a la orden del día. España es un país de picaresca y eso no va a cambiar en mucho tiempo; quizá porque nos hemos acostumbrado ya. Curiosamente, a lo que todavía no nos hemos acostumbrado es a que nuestro Estado o las administraciones, que de alguna manera deberían de cuidar de nosotros, en algunos casos puedan actuar como verdaderos estafadores profesionales. Puede (quiero pensar que es así) que no lo hagan con ánimo de delinquir, pero dada su posición de fuerza desproporcionada frente al ciudadano, que ocurra algo así no es tan descabellado. En mi libro ¿Hacienda nos roba? doy algunos ejemplos de abusos que ocurren a diario, a pesar de las muchas campañas de buenismo que difunde la Agencia Tributaria para hacernos creer que es nuestra mejor amiga y que cuida de nosotros como lo haría nuestra mamá. Pero hoy no quería hablar de Hacienda; ruego disculpen mi tendencia a llevar las divagaciones hacia ese lugar escabroso; no es algo intencionado. Hoy quería hablar de un caso concreto en el que alguien se ha atrevido a denunciar uno de estos abusos. El titular ya lo dice: Seguridad Social acusada de estafa.

Seguridad Social acusada de estafa. ¿Por quién?

La Seguridad Social tiene una forma de calcular los intereses de demora que ya quisieran para sí algunos usureros profesionales. A los intereses de demora, la Seguridad Social repercute otro concepto llamado capitalización que es una cantidad fija calculada al principio de la deuda y que se mantiene constante en el tiempo con independencia de que la citada deuda se vaya reduciendo a causa de pagos parciales.

Creo que puedo dar nombres porque han aparecido en prensa, aunque no en noticias destacadas de ámbito general:

Según los asesores de la empresa Mantecados Posadas, la actuación de la Seguridad Social en este caso (deuda acumulada a consecuencia de un accidente laboral) cumple con «todos y cada uno de los elementos-tipo básicos definidores del delito de estafa».

El problema no es solo de la empresa mencionada; cuando una administración actúa a su manera prepotente y desafiando la legalidad, no suele hacerlo contra una sola empresa o ciudadano, sino que nos encontramos ante un mal endémico que va haciendo daño allá por donde pasa. Lo que ocurre es que pocos somos los que nos enfrentamos a las administraciones. En este caso ha ocurrido y solo puedo aplaudir la decisión, aunque por lo que sé, quien ha llevado a cabo el asunto no ha sido la empresa como perjudicada, sino su asesor fiscal a título particular (quién sabe si por no perjudicar a la empresa).

Analicemos someramente el caso concreto:

1.- La empresa acepta la responsabilidad del accidente laboral, lo que supone que el trabajador adquiere un derecho a un incremento de la pensión de entre el 30% y el 50%. Diferencia que lógicamente corre a cargo de la empresa y no de la Seguridad Social.

2.- La Seguridad Social hace un cálculo (un tanto extravagante) en base a la vida que le queda al trabajador y exige que la empresa lo pague todo de golpe, lo que ya de por sí es una barbaridad. ¿Acaso podemos exigir a la Seguridad Social cuando nos jubilamos que nos pague toda la jubilación anticipada en base a lo que estimemos que podemos durar? Pues eso es ni más ni menos lo que exige la Seguridad Social en un caso de estos.

3.- En cualquier caso, estamos hablando de una cifra que, siendo importante, no llega a millonaria: 50.000 euros (redondeando). Bueno, en pesetas sería multimillonaria.

4.- La empresa no pudo pagar enseguida la deuda y se le aplicó el consabido recargo del 20%, más los intereses de demora del 3,75%. Pese a que la sanción (recargo) es elevada, todo es, en apariencia, razonable según los criterios a los que la administración nos tiene acostumbrados. Bajo mi punto de vista personal todo esto es abusivo en grado sumo, pero lo que pasa es que nos acabamos acostumbrando a estos excesos y todo nos parece normal al cabo de un tiempo (grave error por nuestra parte).

5.- ¿Dónde está pues la estafa (o supuesta estafa) de la Seguridad Social en este caso?

En la capitalización, eso que se sacan de la manga. A los cálculos anteriores se aplica un «sobrecoste» de 4,11 euros… ¡al día! Cantidad que se seguirá cobrando con independencia del importe pendiente de la deuda porque se ha calculado sobre la cifra inicial y no tiene en cuenta las reducciones de la misma.

Seguridad Social acusada de estafa. Ojo cómo calculan la capitalización…

Seguridad Social acusada de estafa: ¿En qué normativa se basan para aplicar esta capitalización?

No saben no contestan. El demandante tampoco ha encontrado ninguna normativa que aclare este concepto y manera tan peculiar de aplicarlo.

Solución aportada por los cabezapensantes de la Seguridad Social: Que la empresa pida un préstamo al banco y asuma la deuda de golpe. ¡Como si eso fuera tan fácil para una empresa en ese tipo de situación!

Lamentablemente la Seguridad Social ya se ha enfrentado en el pasado a acusaciones de este tipo ¡y ha ganado en los tribunales!

Seguridad Social acusada de estafa. El asesor detalla los motivos


244 páginas
Tapa Dura
Sin portes
Solo 12 euros

1.- «Engaño bastante para producir error en otra persona».

2.- «Error en la víctima sobre la realidad de la presentación defraudatoria que recibe del sujeto activo del mismo, y especialmente respecto del significado y trascendencia económica del acto de disposición económica que se va a realizar».

3.- «Acto de disposición patrimonial por parte de la víctima, a conciencia de que lo hace, pero sin apercibirse de la inexistencia de contraprestación real por parte del estafador».

4.- «Concreto perjuicio patrimonial cuya producción efectiva consuma el delito de estafa».

Si hacemos el cálculo, esa capitalización equivale a un interés anual del 150.000% (ciento cincuenta mil por ciento).

¿Es una estafa o no es una estafa?

Ramón Cerdá