Seguros de caución para aplazamiento de impuestos

Por Oresybryan @OresyBryan

Entre las modalidades de seguros de caución podemos encontrar el aval para aplazamiento de impuestos. Esta tipología de seguros se da como consecuencia de obligaciones tributarias
frente a la Administración Pública ya sea IVA, ICIO, IRPF o cuotas de la seguridad social, entre otros. Se presenta ante la Administración Tributaria. A través del aval de aplazamiento de impuestos se permite cumplir con las obligaciones impositivas con mayor flexibilidad y asegurar dichas obligaciones ante la Administración.

Según el Reglamento General de Recaudación es requisito indispensable presentar una garantía para la concesión del aplazamiento del pago. En la práctica, con la solicitud de aplazamiento se debe presentar una carta de compromiso emitida por la aseguradora confirmando la emisión del aval. Posteriormente, Hacienda aprobará la concesión del fraccionamiento y deberá aportarse el aval definitivo. En caso de rechazar la concesión, el aval se cancelará.

Para la concesión del aplazamiento se debe tener en cuenta se exigirá depositar este aval siempre que la deuda a pagar sea superior a 30.000€ y la misma se encuentre en periodo voluntario o ejecutivo de pago.

Sobre el importe de la deuda, al presentar la oferta se tendrán en cuenta las deudas que recoge la propia solicitud de aplazamiento, así como otras para las que se haya realizado este
mismo trámite aún sin haber sido resuelto el fraccionamiento y el importe de los vencimientos pendientes de ingreso. Las deudas serán verificadas por el órgano de recaudación que
corresponda.

El aval para aplazamiento de impuestos se suele utilizar por diversos motivos:
- Favorece la capacidad crediticia ya que no computa en CIRBE
- Menores costes

En Ores y Bryan somos especialistas en seguros de caución para aplazar impuestos a las mejores condiciones. Si necesitas más información al respecto, nuestro equipo está a vuestra
disposición para asesoraros y aclarar vuestras dudas.