JUSTICIA DEMORADA ES JUSTICIA DENEGADA William E. Gladstone
Venga, vamos a alegrar el día con algunas sentencias judiciales que producen sonrisas. En ocasiones pueden parecer absurdas o divertidas, pero tienen en común que nos producen un cierto placer.
En Bristol, Pensilvalnia, en los EEUU, Terrence Dickson entró en una vivienda con la intención de robar. Al tratar de salir por el garaje no pudo hacerlo porque la puerta estaba rota. Cuando quiso retroceder, se encontró con que no podía porque la puerta interior que conectaba con la vivienda se había cerrado y no había forma de abrirla.
Duante los 8 días que estuvo encerrado sobrevivió a base de refrescos y de comida para perros que estaba allí almacenada. Cuando llegaron los dueños, y una vez liberado, denunció a la familia por los daños morales sufridos por el incidente. El jurado accedió a que el propietario de la vivienda le abonara medio millón de dólares.
También en los EEUU, la tía de un niño de 8 años cobró una idemnización de 120.000 dólares porque el sobrino, lleno de alegría, se abalanzó sobre ella, con la mala suerte de que le rompió la muñeca.
El Juez de Menores de Granada obligó a un menor que robó en una peluquería, a que realizara un curso de estilismo. Para asegurarse y motivar al muchacho, se dejó cortar el pelo por él. El mismo juez condenó a un joven que circulaba sin seguro en la moto a que dibujara un comic con sus fechorías. Se trata de dos castigos simples y eficientes.
La audiencia Provincial de Pontevedra condenó a un cirujano por haber realizado una vasectomía cuando se trataba de una circuncisión.
En Asturias un camarero fue despedido por llegar ebrio en tres ocasiones al trabajo. El despido fue declarado improcedente por el Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias por defecto de forma en la carta de despido.
La Audiencia Provincial de Castellón declaró nula la cláusula de un contrato bancario porque la letra era tan pequeña que era necesario utilizar la lupa.
La Audiencia Provincial de Murcia condenó a un hombre por un delito leve de amenazas. El varón, en un momento de exaltación porque su hija había recibido un balín de escopeta, le dijo a un menor: "te voy a reventar la cabeza", en presente de indicativo. Si hubiera utilizado el pluscuamperfecto del subjuntivo ("te hubira o hubiese roto la cabeza") la sentencia sería distinta.
La Audiencia Provincial de Valencia condenó a un varón a sufragar los gastos de aumento de pecho de su esposa. El motivo es que había sido de común acuerdo el acudir a los cirujanos, aunque hubieran pasado cuatro años.
Bueno, otro día más y mejor.