Sentimientos religiosos entre parentesis

Por Benito Sacaluga

Acaban de condenar a Rita Maestre. La consideran culpable de un delito de ofensas a los sentimientos religiosos (católicos), por haber entrado en una capilla (católica), ubicada en una universidad pública, y junto a otros estudiantes reclamar públicamente su desmantelamiento. Irrumpió en el "templo" (católico) junto a un grupo de personas que rodeó un altar gritando consignas contra la Iglesia (católica) y se quitó la camiseta. Dos delitos que hay que perseguir con toda la fuerza de la ley (escrita por católicos).
Todo esto pasa por estar sujetos a una Constitución que no quiso, o no pudo, romper con el nacionalcatolicismo que doblegó a los españoles durante 40 largos años. La Constitución republicana (1931) si afrontaba justamente el tema religioso, costó que sus redactores se pusieran de acuerdo pero finalmente la razón y la libertad se impusieron. En contra de lo que la derecha española vociferó y vociferó y sigue vociferando la Constitución de 1931 respetaba escrupulosamente los sentimiento religiosos de todos los españoles, no solo los de los católicos, tanto los respetaba que para no dar lugar a equívocos el Art. 3º de su Título Preliminar decía así: El Estado español no tiene religión oficial.

Un tema, el de todas las religiones, cuyo desarrollo y práctica quedaban garantizados constitucionalmente a través de su Título III - Derechos y deberes de los españoles, el cual en su Art. 27 nos dice: "La libertad de conciencia y el derecho de profesar y practicar libremente cualquier religión quedan garantizados en el territorio español, salvo el respeto debido a las exigencias de la moral pública" y añade "Todas las confesiones podrán ejercer sus cultos privadamente", y es aquí donde Rita Maestre manifiesta su negativa a que la capilla se encuentre en un lugar público y no privado, y además mantenida con cargo a los fondos del Estado, lo malo es que la CE-31 fue pisoteada junto con los que la defendían y sin tener en cuenta ninguno de sus sentimientos.
Ni la existencia de la capilla (católica) en la Universidad Complutense, ni su mantenimiento a cargo del Estado habrían sido posibles con la Constitución republicana en la mano, por supuesto Rita Maestre tampoco habría tenido que manifestarse para que desapareciera del suelo público un lugar destinado a un culto (católico) privado. Y habría sido así por que la Constitución de 1931 dice en su Art. 21 del Título III, entre otras cosas  lo siguiente: "El Estado, las regiones, las provincias y los Municipios, no mantendrán, favorecerán, ni auxiliarán económicamente a las Iglesias, Asociaciones e Instituciones religiosas". Una disposición que no hace más que justicia con el destino de los impuestos y que la Iglesia (católica) debería practicar aunque no fuese más que por obedecer el mandato de los evangelios (católicos): "Dad al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios (Lucas 20:25)"  Una doctrina y un mandamiento, pagar impuestos, que la Iglesia (católica) no solo no práctica, además utiliza los privilegios adquiridos durante la "cruzada" para estar exenta de ellos.
La justicia acaba de considerar, aunque la sentencia aún no es firme, que quitarse la camiseta en la capilla (católica) es un ultraje y una ofensa a los sentimientos religiosos (católicos), bien, algo hemos avanzado si recordamos que antes de ayer las mujeres debían entrar en los templos (católicos) cubiertas obligatoriamente con un velo, el nacionalcatolisimo y la declaración de la religión católica como la oficial del Estado así lo exigían. Sin embargo la postura de los que condenan que Rita Maestre se despojara de su camiseta, debajo de la misma había otra prenda que ocultaba sus intimidades, es una postura cuando menos subjetiva por no decir sectaria. Y es así por que no condenan de la misma forma la abundante existencia de desnudos en sus templos y otras dependencias, como por ejemplo en la Capilla Sixtina, donde se puede ver con todo detalle a un hombre completamente desnudo y con sus genitales a la vista de todos, o a Eva completamente desnuda en sus Frescos de la Creación, y no digamos ya de la representación del pecado original y expulsión del paraíso que ilustra esta página.
De acuerdo, no se debe entrar en un templo en sujetador, pero no sé por que me parece que las mujeres ya están hartas de ser discriminadas por la iglesia (católica), y además Rita lo hizo a modo de protesta para reclamar un espacio invadido, un espacio de todos donde no debería tener cabida su utilización para fines diferentes a los docentes.
Tal y como acaba de decir Manuela Carmena con ocasión de la particular sentencia, "La sentencia no habla de vulneración de la libertad de religión, eso sí es un delito contra los derechos humanos, habla de que ha podido producirse una ofensa de los sentimientos religiosos de determinadas personas" y ha añadido : "Me preocupa una involución de la libertad de expresión"

Rita Maestre va a recurrir la sentencia ente el Supremo (Tribunal), espero y deseo que le salga bien. También espero y deseo que todos los católicos acudan a los juzgados para denunciar a todos los pederastas que Iglesia (católica) protege.
Benito Sacaluga