Vamos a organizar esta entrada por orden cronológico, es decir, siguiendo un camino que nos va a conducir hasta el éxito. Un camino accidentado pero que con esfuerzo, sacrificio y corazón lo superaremos.
Al igual que médicos, abogados, arquitectos o ingenieros, el detective privado debe obtener un título académico que le permita desarrollar ésta actividad como tal. En la página del Ministerio del Interior se recoge una relación de las universidades que ofertan el título de Detective Privado.
El Ministerio del Interior ofrece una relación de contenidos mínimos que se debe cursar para obtener la titulación de Detective Privado:
- Derecho Constitucional
- Derecho Penal
- Derecho Procesal Penal
- Derecho Procesal Civil
- Derecho Civil
- Derecho Laboral
- Derecho Mercantil
- Derecho Administrativo General
- Normativa de Seguridad Privada
- Ciencias Sociales, Psicológicas y Criminológicas
- Deontología
- Técnicas de Investigación
- Práctica de la Investigación Privada
Se trata de una serie de asignaturas necesarias, pero a las cuales se les podría unir otras como imagen, sonido, edición de fotografía y video o técnicas informáticas (entre otras, que se me vienen ahora mismo al recuerdo).
El aprendizaje es lento pero muy necesario para conocer todos los campos relacionados con la investigación privada.
Una vez finalizados los estudios, habiendo obtenido el título que nos acredita como detective privado, viene la parte más complicada.
Ya tengo el título universitario de Detective Privado ¿qué hago ahora?
Lo principal sería continuar con tu formación (si puedes claro está). Seguir formándome y adquiriendo conocimientos relacionados con la investigación privada: fotografía, imagen, sonido, edición fotográfica, grabación en video,
Llevas estudiando tres o cuatros años, y te han ido avisando (en diferentes asignaturas) que tienes que obtener la TIP ¿Será fácil? Rellenar unos papeles, solicitar el documento y se acabó, a trabajar.
NO.
El Ministerio del Interior atendiendo a la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada, artículo 28, expone una serie de requisitos que se deben de cumplir para ser Detective Privado. En concreto son los que a continuación se exponen:
- Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer Estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
- Ser mayor de edad.
- Poseer la capacidad física y la aptitud psicológica necesarias para el ejercicio de las respectivas funciones.
- Estar en posesión de un título universitario oficial de grado en el ámbito de la investigación privada que acredite la adquisición de las competencias que se determinen, o bien del título del curso de investigación privada, reconocido por el Ministerio del Interior.
- Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos.
- No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de seguridad privada.
- No haber sido separado del servicio en las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o en las Fuerzas Armadas españolas o del país de su nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.
- No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar o a la propia imagen, vulneración del secreto de las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
- Superar, en su caso, las pruebas de comprobación establecidas reglamentariamente por el Ministerio del Interior, que acrediten los conocimientos y la capacidad necesarios para el ejercicio de sus funciones.
Una vez asegurados que reunimos los requisitos es hora de continuar. Tenemos el título universitario y lo requisitos y con ello debemos dirigirnos para obtener la pertinente habilitación en la Dirección General de la Policía que nos acreditará como Detective Privado y nos otorgará un número único e intransferible que debe aparecer en todos los espacios donde hablemos como detective privado.
Para obtener la mencionada habilitación como Detective es necesario presentar una serie de documentos que aparecen relacionados por el Ministerio del Interior:
- Instancia del interesado.
- Dos fotografías tamaño carné.
- Certificado médico de poseer aptitud física y capacidad psíquicanecesarias para prestar servicios de Seguridad Privada, excepto para el personal en activo que ejerza funciones de seguridad pública o privada.
- Certificado de antecedentes penales, expedido por el Registro Central de Penados para los españoles y extranjeros residentes en España, y documento original y equivalente que surta los mismos efectos para los solicitantes extranjeros no residentes.
- Estarán exentos de presentar este certificado los españoles y extranjeros residentes en España que en su instancia hayan autorizado expresamente a la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía, su petición de oficio al Registro Central de Penados.
- Declaración sobre incompatibilidades.
- Fotocopia compulsada del diploma de detective privado, reconocido a estos efectos en la forma que se determine por Orden del Ministerio del Interior.
- Documento acreditativo de estar dado de alta en la Declaración Censal, para detectives con despacho abierto (titulares de despacho), o en su caso alta en la Seguridad Social para detectives dependientes.
- Inscripción en el Registro de Sociedades.
- Copia simple de escritura de constitución.
- Nota simple informativa con inscripción en el Registro Mercantil.
- Número de identificación fiscal definitivo.
- Justificante acreditativo de haber realizado el ingreso de la tasa por habilitación de Detective Privado, por apertura de despacho y por inscripción de sociedades, con arreglo al modelo 790, a favor del Tesoro Público, en las Entidades Bancarias o Cajas de Ahorros colaboradoras (cuenta restringida de la Agencia Estatal de Administración Tributaria). El citado modelo 790 será facilitado en las Comisarías de Policía y deberá ser cumplimentado con los datos correspondientes, señalando como tarifa aplicable la octava.
Como pensaras para convertirte en Detective Privado o bien, tienes una empresa que te va a contratar como Detective, o bien, como habrás apreciado, es necesario que crees una nueva empresa, es decir, te conviertas en una persona emprendedora.
El tema de crear una empresa no lo voy a tocar pues creo que concierne a otro ámbito de trabajo y no al presente.
Supongamos que hemos completado todos los requisitos y hemos obtenido la ansiada TIP. ¿Qué pasa ahora? Toca darnos a conocer: reuniones con otros detectives, visitas a abogados, publicidad, marketing… toca vendernos si queremos que nos compren.
No desesperes, aún falta para completar la presente entrada.