Turismo, vacaciones, visitas familiares, descanso.... son muchas las razones para salir de viaje al extranjero. Pero, ¿cuáles son las formalidades administrativas obligatorias para viajar con nuestra mascota fuera de España?. Son las siguientes:
• Identificación: Viene efectuada gracias al tatuaje o al microchip. El tatuaje es un número escrito con tinta dentro del pabellón auricular o en el interior del muslo. El microchip se introduce subcutáneamente a través de un inyector estéril. Esta inyección se efectúa en la parte izquierda del cuello. En este caso la identificación es válida incluso en el extranjero.
• Vacunación antirrábica: Es obligatoria para todos los desplazamientos al extranjero, en ciertos territorios declarados infectados y en ciertos lugares de vacaciones (algunos campings, por ejemplo). Esta vacunación se debe efectuar al menos 21 días antes de la salida.
• Pasaporte europeo: Desde el 1 de octubre de 2004, los perros y gatos que se desplacen por los estados miembros de la Comunidad Europea han de ir acompañados del Pasaporte Europeo para Animales de Compañía, de color azul, y que contiene los datos del propietario, la identificación y descripción del animal así como la información de su estado sanitario. Este pasaporte europeo se consigue a través del veterinario una vez esté el animal vacunado de rabia e identificado mediante microchip.
• La titulación sérica de anticuerpos antirrábicos es obligatoria para los Estados Unidos, Suecia, Malta y Países Bajos, UK e Irlanda. Esta titulación se debe efectuar en un laboratorio homologado y los resultados deben ser superiores o iguales a 0.5UI/ml.
• Para los países no pertenecientes a la UE la titulación sérica debe acompañarse de un certificado sanitario. Las condiciones sanitarias de admisión de mascotas es diferente para cada país. Hay que informarse en la embajada o consulado del país al que queráis ir.
• Seguro: Es importante verificar antes de salir que el seguro que cubre a la familia o casa tenga claramente indicado la presencia de la mascota. El seguro de responsabilidad civil obligatoria cubre los daños que pueda provocar tu perro a otras personas: accidentes provocados por la mascota si se escapa o se pierde, daños materiales, muebles de casa de veraneo, mordiscos… Lee atentamente el contrato: ciertas circunstancias no están necesariamente cubiertas y pueden representar un riesgo importante.
• Asistencia: Se estipula un seguro de asistencia o ayuda internacional para la repatriación sanitaria. Aseguraos de que vuestra mascota será siempre cuidada con respeto y dejad siempre la dirección de un pariente o amigo que pueda ser contactado en esta ocasión.
Agradecimientos: a Royal Canin (http://www.royalcanin.es/) por permitirme publicar este artículo.