La Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) es una entidad de Derecho Público, cuyas actividades se ajustan al ordenamiento jurídico privado, adscrita al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con dependencia directa del ministro.
Fue creada en 1995, por Real Decreto Ley 5/1995, de 16 de junio, convalidado el 10 de enero de 1996, por la Ley 5/1996 de Creación de determinadas Entidades de Derecho Público.
El Grupo SEPI
El ámbito de actuación de SEPI abarca 18 empresas participadas de forma directa y mayoritaria, que constituyen el Grupo SEPI, con una plantilla final, más de 80.000 personas. También tiene competencias sobre la Corporación Radiotelevisión Española y el Ente Público RTVE, que está adscrito a esta Sociedad Estatal, así como sobre su fundación pública tutelada. Asimismo, tiene participaciones directas minoritarias en ocho empresas e indirectas en más de cien sociedades.
Listado de empresas y fundación del Grupo SEPI
- Mayoritarias
- Minoritarias
- Adscritas
- Fundación
Ordenamiento jurídico privado
SEPI se rige en sus actuaciones por el ordenamiento jurídico privado, civil, mercantil y laboral, sin perjuicio de las materias en las que le es aplicable la Ley General Presupuestaria.
Presupuesto propio e integrado en los Presupuestos Generales del Estado
A partir de 2006, tras la aprobación de la Ley 20/2006, de 5 de junio, SEPI y sus sociedades participadas mayoritariamente pueden percibir aportaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, así como captar fondos en los mercados nacionales o extranjeros, mediante la emisión y colocación de valores de renta fija, que podrán gozar frente a terceros de la garantía del Estado.
Control público del Estado y de la UE
SEPI y su Grupo de empresas están sometidos a los mismos mecanismos de control que cualquier otra institución del sector público, además de a otros controles derivados de su actuación en el ámbito empresarial y en materia de privatizaciones:
- Control económico-financiero, a través de la Intervención General de la Administración del Estado y del Tribunal de Cuentas.
- Control de las relaciones laborales, por la Comisión de Seguimiento de la Negociación Colectiva y la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR).
- Controles específicos de las privatizaciones, por el Consejo Consultivo de Privatizaciones, la Intervención General de la Administración del Estado y el Tribunal de Cuentas.
- Control parlamentario, mediante comparecencias informativas en el Congreso y en el Senado e iniciativas parlamentarias.
- Control de la Unión Europea, a través de los órganos comunitarios en relación con la competencia y con políticas sectoriales.