Telefónicas tendrán que compensar a usuarios por mal servicio

Publicado el 03 octubre 2018 por Buscandosonido @buscandosonido

La Superintendencia General de Electricidad Y Telecomunicaciones (SIGET) publicó la normativa de calidad para el servicio de telefonía que establece el derecho de los usuarios a compensación por cobros por servicios no contratados, incumplimiento de la empresa para la instalación o traslado de servicios y cobros injustificados.

Asimismo,  cuando la velocidad de transmisión de los datos en el servicio residencial es inferior al 85 % del plan contratado por más del 5 % del periodo facturado.

La SIGET estableció un derecho de compensación automática, es decir sin necesidad de reclamar, cuando hay un corte en el servicio de red móvil superior a 2 horas entre las 5:00 a.m. Y las 11:00 p.m.

La compensación debe ser de lo mismo que está siendo afectado. Es decir si el mal servicio fue en de llamadas, se debe retribuir con saldo para llamar, si es en datos, debe ser con más datos.

Asimismo, la SIGET regulará que en los call centers de las empresas de telefonía el tiempo de espera de para que atiendan a los usuarios no exceda los 30 segundos

El reglamento se publicará en el diario oficial y entrará en vigencia ocho días después