Los turistas no pueden desarrollar actividades remuneradas, sin embargo el Ministerio del Interior podrá autorizar, en casos calificados, que desarrollen tales actividades por un plazo no mayor de 30 días prorrogable por períodos iguales hasta el término del permiso de turismo.
Para trabajar en Chile es necesario un visado de residencia, que dará acceso al documento de identidad chileno (RUT). TIPOS DE VISADOS.
Visa sujeta a contrato de trabajoPara extranjeros que han sido contratados por alguna empresa con residencia en Chile, tiene una duración máxima de dos años.
Existe también la Visa Residente Sujeto a Contrato Dependiente, se otorga a los familiares del titular, duración similar, no permite trabajar. El costo del trámite es sobre la base de la reciprocidad.
Se realiza en:
- Consulados de Chile en el exterior
- Departamento de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores, analiza los datos del solicitante.http://www.extranjeria.gov.cl
Requisitos:
- Carta del empleador dirigida al Cónsul que justifica la contratación.
- Contrato de Trabajo (notariado, legalizado y traducido, si es del caso).
- Título Profesional (si es necesario).
- Certificados de Antecedentes Penales.
- Certificado Médico
- Pasaporte vigente.
- 4 fotos tamaño pasaporte.
Requisitos exigidos a la empresa contratante:
- Constitución de Sociedad en Chile.
- Domicilio legal en Chile.
- Que la actividad del contratado sea indispensable para el desarrollo del país.
- Pago de IVA correspondiente a los 3 últimos meses.
- Pago previsión de trabajadores correspondiente a los 3 últimos meses.
Sobre el Contrato de Trabajo:
Debe estar redactado conforme a las normas legales chilenas y contener las siguientes cláusulas:
- Obligación del empleador de responder al pago del impuesto a la renta correspondiente en relación a la remuneración pagada.
- Obligación del empleador del pago de cotizaciones al Sistema Previsional y de Salud del trabajador en Chile o en el extranjero.
- Responsabilidad de pagar pasajes de retorno al término del contrato laboral, para el contratado y su grupo familiar.
Visa para artistas que vienen a trabajar menos de 90 días:
Requisitos:
Tener Representante o Productor Artístico.
- Debe solicitar visa de turismo en el Consulado chileno respectivo, cuando no exista convenio de exención de visa de turismo.
- Acreditar calidad de Artista.
- El Representante o Productor Artístico debe solicitar permiso de trabajo ante el Departamento de Extranjería del Ministerio del Interior en Chile,extranjeria.gov.cl
Para el extranjero que viaja con el propósito de radicarse en Chile, por tener vínculos de familia, interés en el país o cuya residencia sea útil o ventajosa para Chile. Permite trabajar, estudiar y/o realizar actividades comerciales, plazo máximo de duración un año.
Existe también la Visa de Residente Temporario Dependiente, la cual se otorga a la familia del titular y no permite trabajar, plazo máximo de duración un año.
Se realiza en:
- Consulados de Chile en el extranjero.
- Departamento de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores, analiza los datos del solicitante.http://www.extranjeria.gov.cl
Esta dirigido a los extranjeros, inversionistas, padres, cónyuges e hijos de residentes.
Requisitos
- Carta dirigida al Cónsul, señalando los motivos de avecindamiento.
- Certificado de Antecedentes Penales.
- Certificado Médico
- Pasaporte vigente.
- 4 fotos tamaño pasaporte.
- Certificado de Parentesco cuando se trata de un familiar.
- Si viaja a realizar su práctica profesional, debe tener compromiso de los padres o tutor de respaldarlo económicamente.
Cuando el extranjero es inversionista, debe presentar lo siguiente:
- Proyecto de inversión.
- Capital que tenga relación con la inversión.
- Acreditar procedencia del capital a invertir.
- Comprobar veracidad de la inversión con la iniciación de actividades en Chile.
- La actividad a realizar debe ser rentable.
- Señalar mano de obra y remuneración a cancelar a los trabajadores.
Dentro de esta VISA están:
- Visa temporaria para profesionales y técnicos de nivel superior y no profesionales
- Visa temporaria para inversionistas y comerciantes
- Vista temporaria para jubilados y rentistas
- Vista temporaria para extranjero con vínculo familiar chileno, etc.
Se puede consultar en http://www.extranjeria.gov.cl/filesapp/TE8_ISO.pdf
Visa de estudiante residente.Se otorga al extranjero que viaje a Chile con el objeto de realizar estudios como alumno regular en establecimientos de enseñanza del Estado o particulares reconocidos por éste, por un período máximo de un año y en el caso de los becados, por el tiempo que dure la beca.
Se realiza en
- Consulados de Chile en el extranjero.
- Departamento de Inmigración del Ministerio de Relaciones Exteriores, analiza los datos del solicitante.http://www.extranjeria.gov.cl
Requisitos:
- Certificado de matrícula o carta de aceptación emitido por alguna Universidad o Entidad Educacional reconocida por el Estado.
- Acreditar ante el Cónsul la solvencia económica que le permita subsistir durante el período de sus estudios.
- Certificado de Antecedentes Penales.
- Certificado Médico.
- 4 fotos tamaño pasaporte.
Fuente: www.minrel.gob.cl
RESIDENCIA DEFINITIVASegún el tipo de visa, se puede solicitar la residencia definitiva:
- Residencia sujeta a contrato: dos años ininterrumpidos con este tipo de residencia.
- Residencia temporaria: requiere de un año.
- Residencia de estudiante: dos años con este tipo de residencia, con la condición de haber dado término a sus estudios.
Las solicitudes de permanencia definitiva deben presentarse a más tardar 30 días después de la fecha de emisión del certificado que acredita el término de la visa oficial.
Trámites después de obtener la residencia del tipo que sea:
- Se debe registrar la visa en Policía Internacional (depende de la Policía de Investigaciones) con pasaporte y dos fotografías.
- Para obtener la cédula de identidad (RUT o RUN) se presentará en el Servicio de Registro Civil e Identificación que corresponda según el domicilio el pasaporte y la tarjeta de registro que dará la Policía Internacional.
Fuente: Web de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile www.bcn.cl
Una vez obtenido el RUT (rol único tributario y cédula de identificación chilena) debe darse de alta como residente en el Consulado Español situado en Av. 11 de Septiembre, 2353, 9.º-Santiago de Chile, lo que supondrá cambio de empadronamiento.
Situación tributaria:Convenio entre España y Chile para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio (BOE de 24 de enero de 2004).