Ninguna crisis económica ha tenido como causa el hecho de que la gente trabajase poco. Y menos la actual, debida a los manejos de la delincuencia financiera internacional, a la que España aporta buenos especímenes. Así que no nos vengan con más cuentos de que tenemos que esforzarnos en trabajar a bajo coste: minijobs, mierdosalarios, míseropensiones... ¿Por qué esas desvergonzadas élites no dicen directamente que trabajemos gratis para seguir alimentando delincuentes de cuello blanco? Desde luego, sería una buena solución al desempleo.
Hace un par de años tuve la osadía de recopilar 69 Razones para no trabajar demasiado Una de ellas, inspirada en la reflexión del sabio Bertrand Russell: "Creo que se ha trabajado demasiado en el mundo, que la creencia de que el trabajo es una virtud ha causado enormes daños, y que lo que hay que predicar en los países industriales modernos es algo completamente distinto de lo que siempre se ha predicado".
Ahora mismo, en los países industriales modernos, lo que predican los gobernantes —algunos de ellos no elegidos en las urnas— es la precariedad laboral pura y dura. Según el pensamiento socioeconómico convencional, la principal causa de la pobreza es la falta de trabajo. Falta que, dependiendo de la orientación ideológica del pensador de turno, se atribuye, bien a la holgazanería del individuo pobre, bien a una organización desigual de las fuerzas productivas. En ambos casos, las recetas para superar la pobreza coinciden en su principal ingrediente: que los individuos trabajen. Aunque, en el peor y, sin embargo, más habitual de los casos,la prescripción es que trabajen por cuenta y beneficio ajeno. Con farmacopea tal,el noble esfuerzo personal se convierte en ese artefacto social denominado empleo.
En un mundo donde los recursos naturales están casi absolutamente privatizados, es imposible que una persona sin tierra o capital pueda procurarse la existencia a través de un trabajo autónomo que se ocupe de la transformación de algún recurso natural en medio de subsistencia o de intercambio. Necesariamente habrá de buscar un empleador al que venderle su fuerza de trabajo. Y si los empleadores no tienen la imaginación, propósito, voluntad o maravillosa taumaturgia de crear empleo, las personas desprovistas de él están abocadas a vivir en la indigencia.
Como tengo escrito en el frontispicio de este cuaderno: Paro es un término de semántica algo viscosa que designa un producto característico de la factoría capitalista global. A estas alturas del experimento neoliberal iniciado hace tres décadas, la insoslayable evidencia permite anotar entre sus méritos el haber configurado un modelo de sociedad donde la gente no puede contar ya con la seguridad de un empleo fijo.
Ante el pavoroso panorama del desempleo en España, la élite de los emprendedores representada en la patronal CEOE acaba de descolgarse con la propuesta de crear miniempleos (minijobs) remunerados con un salario basura de 400 euros mensuales. Las pagas extras o las vacaciones pagadas ni mentarlas. ¿No habíamos quedado en que los pobres son pobres porque no trabajan? Con esa fascinante idea de pagar un salario inferior al umbral de la pobreza, los pobres no solo seguirán siendo pobres, sino que, además, trabajarán por cuenta ajena.
Ah, y cuando sean viejecitos puede que los pobres no tengan ni siquiera pensión. En todo caso, como ya están acostumbrados a la miseria obtendrán una mísera pensión o micropensión. La pensión resultante de un empleo de 400 euros ascenderá a menos de tres euros al mes por año trabajado. Son datos del documento Los Mini-empleos en Alemania, elaborado por la Consejería de Trabajo y Asuntos Sociales de la Embajada de España en la RFA.
¿Dónde quedó ese grandilocuente y emotivo discurso, luterano por más señas, que exalta el trabajo y lo coloca en el sagrado altar de las grandes virtudes? ¿Cómo puede una persona ser virtuosa cuando se la obliga a vivir revolcándose en la basura?
Mariano Rajoy durante la clausura del Foro "Lo primero el empleo"
Durante su campaña, el vencedor en las elecciones del 20-N, Mariano Rajoy, ha explicado una obviedad de Perogrullo: cuantos más españoles trabajen y generen riqueza, habrá más ahorro en las prestaciones de la Seguridad Social, más recaudación para los distintos gobiernos por el cobro de impuestos y mejores pensiones. Esa obviedad, que desde luego no le valdrá a Rajoy para ganar el Nobel de Economía, pretende convertirla en realidad política anunciando la enésima reforma laboral de las que se han hecho en este sufrido país.
Prácticamente, apenas queda ya nada por precarizar en las condiciones laborales. El Gobierno saliente ya efectuó varias reformas que han deteriorado las condiciones laborales de los que tenían empleo(*) pero no han conseguido frenar el imparable crecimiento de las cifras de paro. A estas alturas, don Mariano, aconsejado por la escuela del puercoespín, sólo puede superar la propuesta de la CEOE a través de un Decretazo-Ley que obligue a la gente a trabajar gratis. Desde luego, no cabe duda de que sería una excelente fórmula si lo que se pretende es acabar con el desempleo. No hay constancia exacta de si todos los que trabajaron en la construcción de las pirámides de Egipto lo hacían sin cobrar. Pero estamos en condiciones de asegurar que, tanto la basílica del Valle de los Caídos como el sevillano Canal de los Presos se construyeron con ese criterio.
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*) Mucho antes de que empezara la actual crisis económica, las patronales vienen reclamando mayores facilidades para despedir a sus empleados. Facilidades que el Gobierno de Rodríguez Zapatero les ha servido en bandeja con sus continuas reformas laborales. La última, la que extiende la inestabilidad del becariado hasta los treinta años. En la nueva reforma se suspende por dos años el límite de encadenamiento de contratos temporales para hacer fijo a un trabajador y se promueve un nuevo contrato de formación para jóvenes de hasta 30 años. Esa reforma entró en vigor el 19 de noviembre, víspera de la jornada electoral, a través del RD 1543/2011. En la web Laboro se han encargado de confeccionar este cuadro sinóptico que explica las características del nuevo "contrato".
Texto. Traducción.
“acuerdos con personas jóvenes para realizar prácticas de carácter no laboral” No querían llamarle “contrato” porque eso supone derechos laborales. Así que han optado por este nombre maravilloso. En la Españistán del siglo XXI no hay albañiles sino auxiliares de servicios de ingeniería civil.
“Las prácticas no laborales en las empresas no supondrán, en ningún caso, la existencia de relación laboral entre la empresa y la persona joven.” (art.2.2) Sin paro, sin vacaciones, sin jornada máxima, sin indemnización, sin permisos, sin festivos, sin excedencias, con modificaciones libres…
“Las prácticas no laborales irán dirigidas a personas jóvenes desempleadas
inscritas en la oficina de empleo, con edades comprendidas entre 18 y 25 años inclusive,
que posean una titulación oficial universitaria, titulación de formación profesional, de
grado medio o superior, o titulación del mismo nivel que el de esta última, correspondiente
a las enseñanzas de formación profesional, artísticas o deportivas, o bien un certificado
de profesionalidad.” (art.3.1) Como los titulados se escapaban del nuevo contrato de formación, se han sacado de la manga esta mierda norma para que se pueda aplicar a todo bicho viviente aunque tenga titulación superior. En resumen, que si te apuntas al paro y tienes menos de 25 años te pueden endilgar uno de estos contratos, con lo que hay un parado menos… supuestamente.
“no deberán haber tenido una relación laboral u otro tipo de
experiencia profesional superior a tres meses en la misma actividad, no teniéndose en
cuenta a estos efectos las prácticas que formen parte de los currículos para la obtención
de las titulaciones o certificados correspondientes.” (art.3.1) Como el “acuerdo” no es relación laboral ni experiencia profesional, nada impide que la misma empresa haga varios “acuerdos” seguidos al mismo trabajador mientras siga teniendo menos de 25 años. Y si no consiguen que el SEPE les mande al mismo pringao, pueden coger a otro. La cantera es inagotable.
“Las prácticas se desarrollarán en centros de trabajo de la empresa o del grupo empresarial, bajo la dirección y supervisión de un tutor y tendrán una duración entre tres y nueve meses.” (art.3.2) Trabajarás en una empresa y harás lo que el jefe te diga. Pero no es contrato, sino “acuerdo”; no es trabajador sino “persona joven” y no es jefe sino “tutor”. Tócate los cimbales.
“A la finalización de las prácticas no laborales, las empresas, en colaboración con los Servicios Públicos de Empleo, deberán entregar a las personas que hayan realizado las mismas un certificado en el que conste, al menos, la práctica realizada, los contenidos formativos inherentes a la misma, su duración y el periodo de realización. Los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas y el Servicio Público de Empleo Estatal, adoptarán las medidas necesarias para que estos certificados queden recogidos en el Sistema de Información de los Servicios Públicos de Empleo.” (art.3.2) Al acabar el “contrato” te dan una pegatina del Bollycao pero te la apuntan para la posteridad.
“el contenido concreto de la práctica a desarrollar, la duración de la misma, las jornadas y horarios para su realización, el centro o centros donde se realizará, la determinación del sistema de tutorías y la certificación a la que la persona joven tendrá derecho por la realización de las prácticas.” (art.3.3) Tienen que rellenar unos papeles en los que pondrán lo que quieran. No es una relación laboral, pero curiosamente tiene jornada y horario. En la Españistán del siglo XXI una tabla horizontal con 4 patas no es una mesa sino una plataforma de desarrollo de la sostenibilidad.
“Las personas jóvenes participantes recibirán de la empresa o grupos empresariales en que desarrollan las prácticas una beca de apoyo cuya cuantía será, como mínimo, del 80 por ciento del IPREM mensual vigente en cada momento.” (art.3.4) Te van a pagar 426€ como mínimo, pero no es un salario porque no eres un trabajador sino una persona joven. Como no es salario no tienen que pagar retenciones a Hacienda.
“A las personas jóvenes participantes en las prácticas no laborales, reguladas en este real decreto, les serán de aplicación los mecanismos de inclusión en la Seguridad Social contemplados en el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre” (art.3.5). Tendrás derecho a bajas. Las empresas de menos de 250 trabajadores no pagarán cotizaciones a la SS por ti, persona joven. Las +250 sólo pagarán el 25% con los mismos requisitos que en los nuevos contratos de formación.
“En el marco de la negociación colectiva se podrán establecer criterios para la realización de compromisos de contratación a la finalización de las prácticas correspondientes.” (art.3.6) Si lo ponen en el convenio será obligatorio que te hagan un contrato laboral al acabar. Pero fíjate tú qué casualidad que de momento no lo pone en ninguno porque nunca habían existido estos “acuerdos”; pero que no son contratos, que no, que te lo juro, que no trabajas sino que practicas por obligación y dando beneficios, pero eso es un detalle superfluo.
1. Las empresas que vayan a desarrollar las prácticas no laborales contempladas en este capítulo, previamente a la suscripción del acuerdo con las personas beneficiarias de las mismas, celebrarán un convenio con el Servicio Público de Empleo competente en razón del ámbito territorial del centro de trabajo donde se desarrollarán aquellas. En el supuesto de que el desarrollo de las prácticas no laborales se realice en empresas con centros de trabajo ubicados en más de una Comunidad Autónoma, el convenio se suscribirá con el Servicio Público de Empleo Estatal; sin perjuicio de ello, la preselección de personas jóvenes para la realización de estas prácticas, así como el control y seguimiento de las mismas corresponderá a los Servicios Públicos de Empleo competentes en razón de la ubicación de los centros de trabajo.
2. En el citado convenio se incluirá, entre otros contenidos, una mención al proceso de preselección de las personas jóvenes candidatas por los Servicios Públicos de Empleo. En todo caso, el proceso de selección final de las personas que van a participar en el programa de prácticas no laborales corresponderá a la empresa.
3. En los convenios se contemplarán de forma expresa las acciones de control y seguimiento de las prácticas no laborales a realizar por los Servicios Públicos de Empleo, a fin de verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos y de los objetivos de esta medida, especialmente, la contribución de las prácticas a la mejora de la empleabilidad.
4. La empresa presentará a los Servicios Públicos de Empleo un programa de prácticas no laborales donde constará, al menos, el contenido de las prácticas y la formación que le acompañará, la duración de las mismas, así como la indicación de sistemas de evaluación y tutorías. (art.4) Bla, bla, bla. Tendrán que hacer muchos papeles al acabar y al finalizar pero eso es cosa de la asesoría Pepe. Habrá unos funcionarios que harán otros papeles que dirán que todo está bien. Si pudieras leer los papeles te daría más risa que un tripi caducao.
“Las personas jóvenes que hayan participado o participen en el programa de prácticas no laborales podrán ser contratadas a la finalización, o durante el desarrollo de las mismas, bajo cualquier modalidad de contratación, de acuerdo con la normativa laboral vigente en ese momento, o en su caso, podrán incorporarse como persona socia si las prácticas fueron realizadas en cooperativas o sociedades laborales.” (art.5.1) Al acabar el contrato te podrá fichar el Barça de titular con Messi… o no. Como poder… no te jode.