Transexuales de Bolivia con derechos limitados.

Por Arturolodetti @latitudgay

Una sentencia del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia declara inconstitucional una frase de la Ley de Identidad de Género en Bolivia, permitiendo a las personas transexuales cambiar su nombre en sus documentos legales, pero nada más, negándoles los mismos derechos que las personas del género con el que se identifican.

Por Luis M. Álvarez

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El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), órgano que regula la constitucionalidad de las leyes aprobadas por el gobierno de Bolivia, emite una sentencia este jueves, 9 de noviembre, mediante la que declara inconstitucional el párrafo II del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género, aprobada en mayo del año pasado, señalando que es inconstitucional que las personas transexuales adquieran los mismos derechos que las personas nacidas biológicamente con ese género. Mientras los opositores al gobierno y los sectores más conservadores aplauden esta decisión, el colectivo LGBT anuncia acciones legales contra la sentencia.

«Un hombre y una mujer, únicos capaces de procrear y criar a su propia prole. Ese es el único derecho», pública Horacio Poppe, diputado nacional. El 13 de octubre de 2016, el opositor habría presentado un recurso abstracto de inconstitucionalidad contra la frase «(…) el cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen, permitirá a la persona, ejercer todos los derechos fundamentales, políticos, laborales y civiles, económicos y sociales, así como las obligaciones inherentes a la identidad de género asumidas (…)», incluida en la Ley de Identidad de Género, mediante la que se permite a las personas transexuales solicitar las modificaciones pertinentes en su documentación legal para adecuarla con su identidad de género, tal y como hacían hasta 300 personas nada más entrar la ley en vigor.

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Fuente: Universogay.com

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