Valor probatorio de los correos electrónicos (e-mail)

Publicado el 20 marzo 2013 por Elblogderamon @ramoncerda

¿Tienen algún valor probatorio en un juicio?

Valor probatorio

¿Se pueden utilizar como prueba los e mails?

Desde el año 2000, en referencia al valor probatorio de cierto tipo de documentos, la ley de Enjuiciamiento Civil permite la posibilidad de aportar como prueba en un juicio copias en formato digital o impresas en papel, de correos electrónicos, así como otros documentos en soporte digital.

Hasta ese momento la prueba documental distinguía expresamente entre los escritos públicos (notariales, judiciales…) y los privados.

Siempre se ha dado un mayor valor probatorio a los públicos porque, entre otras cosas, dan fe de la fecha en que fueron emitidos, cosa que no ocurre con los privados que pueden estar postdatados, pero también porque el contenido no puede estar manipulado.

Al tratarse de un documento privado, si llega a tribunales debe ser sometido al reconocimiento de los implicados. ¿Qué ocurre si alguno de ellos los niega? Pues que es un problema porque difícilmente se puede verificar la fecha de emisión y a veces, ni siquiera se puede demostrar que sean reales. Ahora bien, si en el contexto de la causa ninguna de las partes se opone a ellos, los e-mails son un documento más a tener en cuenta.

Es lo que ha ocurrido recientemente en el caso Urdangarín, donde se están aceptando los e-mails presentados por Diego Torres al estar contextualizados y no haber sido negados por ninguna de las partes. Eso le basta al juez para usarlos en la causa si lo cree conveniente, como una prueba más.

Por lo visto fueron impugnados por uno de los abogados, pero el juez alegó que procedían de la Fundación Nóos y que ninguno de los aludidos en los mismos puso en duda su autenticidad.

Respecto al posible peritaje de los correos electrónicos:

Los peritos informáticos solo pueden certificar en algunos casos concretos, el envío del correo, el destinatario y la fecha, pero nunca el contenido.

Ramón Cerdá

Escrito por Ramón Cerdá en El Blog de Ramon. Si no estás leyendo esto en El Blog de Ramon, el artículo original lo encontrarás aquí …http://elblogderamon.com/valor-probatorio-e-mail/.

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