Revista Opinión

Cambios de domicilio para pagar menos impuesto de sucesiones

Publicado el 28 marzo 2017 por Elblogderamon @ramoncerda

Dadas las enormes diferencias entre comunidades autónomas en la aplicación del impuesto de sucesiones, es normal que una de las respuestas de los contribuyentes haya sido la de proceder a cambios de domicilio y empadronarse en aquellos lugares menos gravosos, como podría ser la comunidad de Madrid.

¿Son válidos los cambios de domicilio para evitar pagar el impuesto de sucesiones?

#cambios de domicilio

Cambios de domicilio irregulares para pagar menos impuestos.

Los cambios de domicilio pueden ser perfectamente legítimos siempre y cuando correspondan a una realidad. Es decir, si usted vive en Sevilla, en cualquier momento puede adquirir un piso en Madrid y empadronarse allí. Eso permitirá que a su fallecimiento (si ha transcurrido el plazo legal previsto) se le apliquen las normas fiscales de Madrid y no las de Sevilla. Ahora bien, empadronarse no es suficiente. Si Hacienda interpreta que usted se ha empadronado con el único fin de pagar menos impuestos pero sigue viviendo en Sevilla, la jugada no le va a servir de nada.

De hecho la Agencia Tributaria ya está investigando esos cambios de domicilio sospechosos entre autonomías, especialmente si los han realizado catalanes, asturianos o andaluces. Ojo, no solo están anulando los empadronamientos sino que están sancionando estas prácticas.

Esto bien merece una queja. Todo contribuyente debería leer este libro

Todo contribuyente debería leer este libro

En el Plan de Control Tributario de este año ya se contempla lo siguiente: detectar «posibles deslocalizaciones en el ámbito de estos impuestos [sucesiones y donaciones], en especial por cambios ficticios del domicilio fiscal a otras comunidades autónomas que han aprobado importantes reducciones en la base imponible u otros beneficios fiscales».

Una de las comprobaciones que hace Hacienda es si existen consumos de luz que justifiquen que la vivienda está habitada. Es el mismo sistema de comprobación que han estado usando para buscar actividades no declaradas, alquileres, o para no admitir deducciones de vivienda habitual en el IRPF. Está claro que le están sacando muy buen partido al acceso de los datos del consumo eléctrico.

Ramón Cerdá


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