Revista Jurídico

Cantidad de notoria importancia

Por Josemartin

Se actualizó el 23/06/2023 por José Martín García

DROGAS Y NOTORIA IMPORTANCIA

Nuestro sistema penal encuentra que si es "mucha" la cantidad de sustancia estupefaciente ( droga) objeto de delito, la conducta ha de ser castigada con mayor severidad, por lo que el artículo 369 del Código Penal estima que la mayor cantidad de estas sustancias es un agravante del delito.

A esta cantidad que provoca que sea un delito agravado, se la denomina "cantidad de notoria importancia" y su aplicación supone que la pena que se impone es la pena superior en grado.

Estas cantidades aparecen en las tablas que se describen más abajo y por supuesto, se trata de la cantidad pura de droga, por lo que es muy importante el análisis de la sustancia.

Esto es, si por ejemplo hablamos de cocaína, la cantidad de notoria importancia se estimará sobre la cantidad de cocaína pura que contenga la sustancia intervenida, no el peso de esta.

Por ejemplo, en el caso de la cocaína el límite se encuentra en 750 grs. por lo que una sustancia intervenida que se encuentre mezclada (cortada) con otro producto, siendo la mezcla al 50%, un peso de esta mezcla de 1,400 kg no se consideraría de notoria importancia.

La explicación a la agravación se encuentra en la persecución del tráfico de drogas y en el supuesto de que a quién se interviene una de las cantidades descritas en la tabla, se enriquece con el tráfico de estupefacientes y la salud de los ciudadanos.
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