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Decisiones judiciales y reformas laborales

Publicado el 03 noviembre 2015 por Monedarota @Monedarota

Los jueces, como agentes sociales con un determinado comportamiento, pueden tomar decisiones influidos por diversos factores. Desde que en los años setenta la ciencia económica profundizase en el análisis de los elementos que afectan a la toma de decisiones de las personas, ha surgido numerosa literatura que trata de poner de manifiesto diversas características que también pueden jugar un papel en la toma de decisiones de un juez. Dicha literatura las agrupa en torno a varias categorías, bien sean factores socio-políticos, psicológicos o incluso económicos.

La religión, por ejemplo, puede influir en la actitud personal o moral de un juez ante un caso que juzgue ( Bornstein y Miller, 2008). Sus características personales, como la edad, su experiencia laboral, la decisión de jubilarse o el entorno político también pueden influir en la propia configuración del entorno judicial ( Yoon, 2006), y por ende, en la existencia de jueces activos con unas determinadas características. Pero también está la actitud frente al riesgo de los propios jueces y la propia incertidumbre del proceso decisorio ( Viscusi, 1999). En España se ha detectado que hay numerosos elementos que afectan a un juez: desde si es funcionario o no como diversos factores ideológicos, religiosos o culturales, el sexo, la edad, el estado civil, la educación que ha recibido o incluso la presión mediática ( Manzanos, 2004). Todo esto puede afectar a un juez en su toma de decisiones, más allá de las características del propio caso. Brennan et al. (2009) detecta variaciones en las decisiones judiciales de la Corte Suprema de Estados Unidos en función del ciclo económico (en concreto, antes y después de la Gran Recesión).

En el caso de los despidos, en Europa ya existen varios trabajos que identifican una correlación entre el sentido de las sentencias judiciales de despido y la coyuntura económica. Ichino et al. (2003) detectan que cuanto mayor es el desempleo, los jueces tienden a ser más favorables a los trabajadores. Algo que puede ser debido también a la propia selección de los casos, ya que puede existir una mayor tendencia de los trabajadores a usar el sistema judicial en épocas recesivas ( Donohue y Siegelman, 1991), pero también a un cierto sesgo social de los propios jueces. Sin embargo, Marinescu (2011), controlando por esta selección de casos, encuentra el efecto contrario en Gran Bretaña: cuando peores son las circunstancias económicas, los jueces tienden a ser más favorables a las empresas.

Recientemente, en España hemos estudiado también la situación en diversas líneas de investigación. Lo que se ha observado claramente es que durante la última crisis económica han existido, en primer lugar, diferencias en la estimación de los despidos en los juzgados de lo social en función del tipo de juez que ha llevado el caso (si es juez titular o sustituto); en segundo lugar, ciertas correlaciones tanto regionales (provincias colindantes) como político-administrativas (si los juzgados de lo social están bajo un mismo Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma) en dicha estimación de despidos y, por último, también se ha visto que ha existido un sesgo a favor del trabajador en la intervención judicial en casos de despido individual (Martín-Román et al, 2013 y 2015).

Y esto tiene consecuencias importantes. Pese a que sólo una parte de los despidos que se producen sean reclamados y alcancen la etapa final en la que el juez interviene (puesto que existen etapas en las que las partes pueden conciliarse previamente, tanto en las unidades extrajudiciales como ante el propio secretario judicial), el hecho de que los jueces sean susceptibles de responder también a elementos de otro tipo hace que el estudio de las decisiones judiciales y los factores que las influyen sea de sumo interés para poder entender en qué medida pueden tener repercusión en sus sentencias.

La posibilidad de que un juez interprete la normativa deja abierta una puerta a la incertidumbre en el proceso de reclamación de un despido, ya que es posible que un juez se comporte de forma estratégica en función de esos factores que puedan influirle como agente. La evidencia de la existencia de cierto sesgo social en la interpretación de una sentencia de despido, por ejemplo, nos da una idea de sus implicaciones, ya que podría suceder que un mismo caso de despido (con idénticas características) no tuviera la misma probabilidad de declararse improcedente en una época expansiva como en una época de crisis económica. Al igual que también puede ser que ese mismo caso de despido no tenga la misma probabilidad de ser improcedente en una provincia o en otra. Como habíamos mencionado anteriormente, esa incertidumbre sobre la sentencia final de un caso de despido incrementa notablemente los costes que pueden sostener las partes. En la medida en que la legislación acote en mayor medida las causas ante las cuales un despido es justificado, esa incertidumbre se reducirá, haciendo más eficiente el uso de la justicia.

En 2010 y 2012 se han producido dos importantes reformas laborales que, además de modificar las indemnizaciones por despido y las vías por las que un empresario puede despedir a un trabajador (suprimiendo de facto el famoso "despido exprés" en 2012), también han tratado de clarificar las causas por las cuales un despido económico es considerado "justificado".

En la práctica, estas reformas laborales han tenido también un papel importante en la influencia de las circunstancias económicas en las decisiones de los jueces sobre despidos, tal y como demostramos en un artículo reciente ( Jimeno et al. 2015). La reforma de 2010 y, en menor medida, la de 2012, se asocian con un incremento de los despidos justificados en los tribunales. En segundo lugar, dichas reformas también reducen de algún modo la existencia de un cierto sesgo social de los jueces, caracterizado por un comportamiento más pro-trabajador en épocas de crisis.

No obstante, es difícil determinar si estas reformas se han traducido en un mayor o menor coste de despido para las empresas. Pese a que esa incertidumbre provocada por la deliberación judicial se ha intentado reducir, hay múltiples factores en juego que pueden influir aquí. Por ejemplo, el número de despidos económicos que alcanzan los tribunales también se ha incrementado en los últimos años, pasando de ser menos de 100,000 en 2008 a ser de casi 283,000 despidos en 2013, con datos de las altas en prestaciones por desempleo. El recurso a las conciliaciones judiciales también conviene ser tenido en cuenta, dado que configura la selección de casos que llegan finalmente a manos de un juez. Las reformas de 2010 y 2012 también han tenido un efecto positivo en el incremento de la congestión de las conciliaciones judiciales, habiendo sido las partes más proclives a conciliar mutuamente antes de llegar a un juez tras las reformas. Esto indicaría que aquellos casos que finalmente llegan a juicio son los casos en los que las partes tienen más incertidumbre sobre el posible comportamiento del juez tras la aprobación de las reformas. Estos casos probablemente sean aquellos despidos sobre los que inciden en mayor medida las reformas, es decir, despidos justificados en causas económicas. Hacen falta datos de mayor calidad y cantidad para poder determinar hasta qué punto las dos últimas reformas laborales han tenido un papel importante en la estimación o desestimación de casos de despido.

Lo que sí queda claro es que es importante tener en cuenta también los costes "efectivos", con la intervención judicial de por medio, y no sólo los costes "legales" en el análisis del impacto de las reformas laborales, ya que de otro modo se estaría sobrestimando el efecto que hayan podido tener dichas reformas en la reducción de los costes de despido en España.

Por último, sigue estando presente la importante brecha entre contratos temporales e indefinidos, sin que las reformas hayan aportado mucho en este sentido, y que configura de manera fundamental nuestro mercado de trabajo.

Decisiones judiciales y reformas laborales

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