Revista Opinión

La acción colectiva no puede impedir la acción individual

Publicado el 04 octubre 2015 por Elblogderamon @ramoncerda

La acción colectiva por medio de plataformas de afectados es cada vez más habitual, lo cuál resulta lógico. Muchos afectados son representados por un solo bufete para una misma causa contra un mismo demandado. Evidentemente el ahorro de costes es brutal y el abogado puede dividir su minuta entre todos los participantes en la plataforma. Todos salen beneficiados, al menos aparentemente. Cada afectado, individualmente, tendrá que pagar menos dinero que si se busca un abogado por su cuenta, y el abogado, sumando todas las pequeñas cuotas, habrá ganado mucho más dinero que si solo hubiera representado a una persona, siendo el trabajo muy similar.

Otra ventaja de la acción colectiva

#la acción colectiva

La acción colectiva es interesante pero no invalida la posible acción individual

Otra de las ventajas de la acción colectiva es que es una medida de presión importante. De cara a la demanda, no es lo mismo decir que hay un solo afectado, que decir que hay cientos… o miles, de perjudicados.

Pero no todo son ventajas ni todos los casos pueden ser llevados de este modo. Al tratarse de una aglutinación de casos similares, no se pueden tratar como casos individuales, por eso lo que se hace es estandarizar las cuestiones. Se puede ir por ejemplo contra una cláusula abusiva de un banco y conseguir su derogación, pero difícilmente se podrán pactar indemnizaciones individuales diferenciadas en función de cada caso concreto. Habrá que homogeneizar.

¿Qué ocurre si alguien quiere pleitear en solitario contra algo sobre lo que ya se está pleiteando mediante la acción colectiva?

Hasta hace poco esta situación se estaba poniendo en peligro porque se aseguraba que si existía ya la acción colectiva, no se podía juzgar por medio de la acción individual, cosa que puede ir en perjuicio de intereses particulares.

El Supremo ya falló el 9 de mayo de 2013 a favor de poder demandar individualmente pese a existir la acción colectiva, y ahora, más recientemente, la Audiencia Provincial de Gerona ha reiterado dicha doctrina.

Ramón Cerdá

La acción colectiva no puede impedir la acción individual was last modified: octubre 3rd, 2015 by Ramón Cerdá

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