Acerca de la concordancia

Por Lasnuevemusas @semanario9musas

La concordancia es la correspondencia de género, número o persona que se establece entre dos o más palabras (por ejemplo, entre un sustantivo y un adjetivo o entre un sustantivo y un verbo) que concurren en una determinada construcción sintáctica.

En este artículo procuraremos resumir las leyes que la rigen.

Todo el edificio teórico de la sintaxis descansa sobre la premisa de que la oración es fundamentalmente la suma de las conexiones formales que guardan entre sí las palabras que la integran. Pues bien, una de esas conexiones formales es la concordancia, es decir, la igualdad de género y número entre sustantivo y (o entre sustantivo y artículo), y la igualdad de número y persona entre un verbo y el sustantivo o pronombre que funcione como sujeto.

Tras la pérdida de la declinación latina, las lenguas romances fueron simplificando poco a poco sus leyes de concordancia, hasta limitarlas a las mencionadas más arriba. En español, incluso, por el hecho de que el sujeto está implícito en la desinencia verbal, la concordancia entre verbo y sujeto rige solo cuando el sujeto se encuentra expresado en la .

Lo curioso es que, pese a que las reglas de concordancia son bastante simples, muchos usuarios de la lengua siguen teniendo dificultades para aplicarlas correctamente. Para entender mejor el porqué de estas dificultades es necesario señalar que existen unas leyes gramaticales que tutelan la concordancia de un modo constante, leyes que son expresión de relaciones psíquicas cuya estructura la gramática trata de emular. La relación entre un verbo y el sujeto que lo ejecuta, por ejemplo, supone por parte del que habla un análisis concreto. Este análisis, que se produce en el pensamiento, intenta expresarse por medios gramaticales; sin embargo, por insuficiencias y vacilaciones en el análisis (o incluso en la expresión), la concordancia gramatical no siempre coincide con el modelo de concordancia que el hablante tiene en su mente. Con todo, lo esperable es que la concordancia pensada y la concordancia expresada coincidan entre sí, y si bien es cierto que, a veces, hay desajustes entre ambas, vale decir que estos son apenas esporádicos.

En efecto, los errores de concordancia, habituales en los textos primitivos, fueron apareciendo cada vez menos conforme los siglos avanzaban. Esto se debió a que la lengua literaria (o lengua culta) fue tomando cada vez más relevancia en los medios de expresión. Aun así, el maestro Lapesa reconoció en su momento que "nuestros escritores del Siglo de Oro no sentían por el rigor gramatical una preocupación tan escrupulosa como el que ahora se exige: las incongruencias del habla pasaban con más frecuencia a la lengua escrita"[1]. Es probable que el carácter general de nuestra tradición literaria, que en ninguna época establece una diferencia terminante entre lengua escrita y lengua hablada, haya contribuido a ello. Es probable, asimismo, que la preferencia por el párrafo largo, tan característico en los prosistas españoles de los siglos XVI y XVII, ayudara a que se produjeran estos desajustes en la concordancia gramatical, desajustes que el párrafo corto, por el contrario, suele poner en evidencia.

Entre los escritores de nuestros días, las discordancias no incorporadas a la lengua literaria son más bien raras. Es posible que debamos agradecerle esta suerte de estabilidad al gran Andrés Bello, quien, con su fino sentido normativo, recomendó que, en casos de duda, nos ciñéramos estrictamente a la concordancia gramatical.[2]

Más allá de esto, los gramáticos vienen coincidiendo desde hace mucho tiempo en que las leyes que rigen la concordancia pueden reducirse a dos reglas generales: una que se centra en la relación del sustantivo con el adjetivo, otra que se centra en la relación del verbo con el sujeto. A continuación, veremos cada una de ellas.

1ª regla general: El adjetivo concuerda con el sustantivo en género y número. Por ejemplo: La mujer estaba muy cansada; El profesor se puso furioso; Unas niñas pequeñas se llevaron mis libros. Los agotados soldados huyeron hacia el norte. No obstante, hay que tener en cuenta lo siguiente:

  1. Cuando los sustantivos son de seres animados y de diferente género, el adjetivo concuerda con ellos en plural y en masculino. Ej.: Rocío y Martín son muy comprensivos.
  2. Cuando ciertos títulos o tratamientos femeninos (majestad, alteza, excelencia, ilustrísima, señoría, etc.) van acompañados de un adjetivo, este -si el título o tratamiento se refiere a varón- va en masculino, en virtud de una figura gramatical llamada silepsis. Esta licencia, en realidad, responde a un tipo de concordancia propiamente interna o de sentido,[3] no externa o de forma. Ej.: Su majestad es muy generoso.
  3. Cuando la idea de un sustantivo en plural aparece dividida en dos o más adjetivos, estos van en singular. Ej.: Estudiaremos la oración desde las perspectivas psicológica, lógica y gramatical.
  4. Cuando los sustantivos son sinónimos o van unidos por conjunciones disyuntivas, el adjetivo puede concordar con el último de ellos. Ej.: Era un sujeto de un valor e intrepidez inusitada; Marcos tiene un miedo o una timidez asombrosa.[4]
  5. Cuando el adjetivo precede a dos o más sustantivos, concuerda en singular con el más próximo. Ej.: Adoro tu enorme sensibilidad y valor.
  6. Cuando el adjetivo aparece después de dos o más sustantivos, suele concordar con ellos en plural. Ej.: Era una mujer de una preparación y un conocimiento prodigiosos. Sin embargo, hay algunos casos esporádicos en los que el adjetivo aparece en singular: Fuerza y destreza increíble; Aritmética y Geometría elemental.[5]
  7. Si se trata de un adjetivo compuesto, solo su segundo elemento concordará con el sustantivo. Ej.: La guerra chino-japonesa repercutió en toda la economía asiática.

2ª regla general: El sujeto concuerda con el verbo en número y persona.[6] Por ejemplo: Mi madre cocina muy bien; Los alumnos llegaron tarde a clase.[7] No obstante, aquí conviene hacer, tal como hicimos en la regla anterior, algunas cuantas aclaraciones. A saber:

  1. Cuando el sujeto está formado por más de un sustantivo núcleo, pero de distintas personas o géneros, el verbo concuerda en plural. Ej.: Lucía, tu hermano y yo estuvimos en casa todo el día. Tú y Mario sabéis muy bien de lo que os hablo.
  2. Cuando el sujeto es un sustantivo colectivo, y está en singular, la concordancia con el verbo es en singular. Ej.: El rebaño avanzaba ordenadamente por la colina. Con todo, a veces, por razones estilísticas, hay quienes prefieren una concordancia interna o de sentido; en estos casos, el verbo -que suele encabezar la frase- va en plural, pero se le agrega al sujeto singular colectivo un complemento determinativo en plural. Ej.: Corrían por las calles multitud de mujeres aterradas.[8]
  3. Cuando sustantivos como cantidad, conjunto, grupo, montón, puñado -esto es, sustantivos cuantificadores de grupos nominales pseudopartitivos-[9] son núcleos de sintagmas nominales indefinidos, el verbo puede concordar con ellos tanto en singular como en plural. Ej.: Una cantidad de carpetas se acumuló/se acumularon en el escritorio; Un grupo de hombres se aproximó/se aproximaron a la escena del crimen; Cayó/cayeron al suelo un puñado de golosinas. No obstante, cuando estos mismos sustantivos son núcleos de sintagmas nominales definidos, el verbo concuerda con ellos en singular. Ej.: Aquel grupo de catedráticos negó las nuevas normas de la institución; Este montón de pergaminos no debe estar aquí; Esa cantidad de salsa bastará para la cena.
  4. En las construcciones partitivas que contienen un adjetivo en función de predicativo, se prefiere la concordancia plural.[10] Ej.: La mayoría de los dirigentes fueron destituidos de sus cargos; El 10 % de las mujeres están embarazadas; La mayor parte de las señoritas del lugar son instructoras. Con todo, cuando el complemento encabezado por la preposición de es un sustantivo colectivo en singular, la concordancia deberá ser también en singular. Ej.: La mayor parte del grupo es argentino.

Quedan sin tratar las leyes de concordancia en la reproducción pronominal, pero, si lo hiciéramos, estaríamos anticipando conceptos reservados para próximos artículos, por lo que, si los lectores lo permiten, dejaremos esa parte para una ocasión más propicia.

[1] Rafael Lapesa. Historia de la lengua española, Madrid, Gredos, 1981.

[2] Véase Andrés Bello. Gramática de la lengua castellana destinada al uso de los americanos, en Obras completas. Tomo IV. Notas de Rufino José Cuervo, Caracas, La Casa de Bello, 1995.

[3] Se trata esta de una concordancia especial, que la Nueva gramática de la lengua española denomina ad sensum ('conforme al sentido'). Este tipo de concordancia rige también muchos de los casos de la 2° regla general, como, por ejemplo, el de las construcciones pseudopartitivas y partitivas.

[4] Obsérvese que, en casos como estos, suele preceder a los sustantivos, como para singularizarlos, un artículo indefinido.

[5] Estos casos esporádicos suelen producirse, ya por la intención de modificar al sustantivo más próximo, ya por la cohesión de dos pensamientos tan estrechamente ligados entre sí que se conciben como uno solo.

[6] Recuérdese que esta regla es precisamente la que permite reconocer el sujeto de cualquier oración.

[7] Adviértase que, al igual que en la primera regla, los artículos y demás determinantes también concuerdan en género y número con el sustantivo que modifican.

[8] En las oraciones atributivas con sujeto o atributo singular colectivo es mucho más factible el uso del verbo en plural, siempre que alguno de los dos elementos (sujeto o atributo) esté también en plural. Ej.: Los soldados veteranos son el verdadero ejército.

[9] Véase ASALE y RAE. Nueva gramática de la lengua española. Manual, Madrid, Espasa, 2010.

[10] Véase Óp. cit.

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