Aprueban ley de trazabilidad de productos medicos activos

Por Jguerra

(Los acentos fueron obviados por cuestiones tecnicas) La Camara de Senadores convirtio el miercoles 13 de noviembre en Ley un proyecto para establecer un regimen de seguimiento de los productos medicos activos, su trazabilidad y la creacion de servicios de tecnologia biomedica en todo el pais. La legislacion incluye a todos los productos medicos activos en los establecimientos de salud publicos y privados.
(ver en: http://www4.diputados.gov.ar/dependencias/dcomisiones/periodo-130/130-1988.pdf) Se entiende por producto medico activo a cualquier producto medico cuyo funcionamiento depende de energia eléctrica o cualquier fuente de potencia distinta de la generada por el cuerpo humano o gravedad y que funciona por la conversion de esta energia. No se consideraran productos medicos activos, los productos medicos destinados a transmitir, sin provocar alteracion significativa alguna, energia, sustancias u otros elementos de un producto medico activo al paciente. El Ministerio de Salud debe establecer un mecanismo identificatorio para la trazabilidad de los productos medicos activos y de sus mediciones. Tambien debera promover la creacion de Servicios de Tecnologia Biomedica en todo el pais y de un Registro de Servicios de Reparaciones y Mantenimiento de Productos Medicos Activos. La cartera sanitaria debera coordinar ademas con las autoridades del area jurisdiccionales las verificaciones tecnicas de los productos medicos activos en uso y promover la creacion de un Registro Nacional de Productos Activos.
Fuente: Telam