Tal como el mismo señaló, la arquitectura española sufre una triple crisis, que hace que, en general, nuestra situación profesional todavía no haya alcanzado fondo en el proceso de descalabro económico e institucional que padecemos.
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Tres son las cuestiones que nos afectan a los arquitectos en estos momentos: En primer lugar, la crisis económica y sus secuelas en el crédito, un fenómeno que lastra negativamente la actividad del sector de la construcción y reduciendo drásticamente con ello la oferta de trabajo a la que estábamos acostumbrados. En segundo lugar en importancia, la destrucción masiva de puestos de trabajo relacionados con las consultorías, oficinas y estudios profesionales (algunos ejemplifican este problema con el cierre experimentado en Madrid, superior al 50% de la capacidad productiva anterior). Y, finalmente, la crisis institucional que se ha derivado de una transformación del marco de nuestra profesión y que se ha producido como consecuencia de las distintas iniciativas legales aprobadas por el gobierno central en los últimos años.Todo ello nos ha colocado a los arquitectos españoles en un contexto de extrema gravedad. La arquitectura es el último eslabón del sector de la construcción que ha logrado finalmente estabilizarse en su conjunto. Sin embargo, y al mismo tiempo, este segmento específico de los técnicos y profesionales relacionados sigue deteriorándose. Como señaló el Presidente, en esta situación calamitosa que nos ha tocado vivir solo nos queda la opción de resistir con ilusión e intentar luchar para transformar un panorama tan adverso como el que existe respecto a la arquitectura que se hace en España.A este respecto, Jordi Ludevid nos ha descrito algunas de las iniciativas llevadas a cabo a lo largo de este año dentro y fuera del órgano que representa al conjunto de los arquitectos españoles. Una intensa actividad con luces y sombras pero de la que habría que destacar el gran trabajo realizado para estabilizar a nuestro favor la institución del visado. Para ello, se han desarrollado una serie de esfuerzos de sensibilización de los organismos implicados que han culminado con la aprobación del texto final del Real Decreto 1000/2010, de 5 de agosto, sobre visado colegial obligatorio.Un precepto legal que otorga una función pública a los colegios profesionales en la supervisión de los trabajos de arquitectura para la certificación de una serie de condiciones de obligado cumplimiento. Frente a la visión desreguladora y economicista, proveniente del contexto europeo y de algunos que consideran que sería preferible un menor tamaño del aparato del Estado y solo guiarse por la libertad e independencia de las personas en el desarrollo de su actividad particular, se ha impuesto en este caso la idea de la necesidad de un control colectivo que garantice unos requisitos mínimos de seguridad jurídica y física. La desregulación de las actividades que afectan a la economía -que se nos pretende imponer inexorablemente y de una manera ideológica como algo beneficioso- es un axioma trucado que requiere urgentemente una reflexión alternativa, en cualquier caso.Frente a esa visión liberalizadora de las organizaciones colegiales como órganos exclusivamente representativos, el Decreto de Visado Obligatorio otorga un carácter administrativo subsidiario a los colegios profesionales relacionados con la arquitectura. Según su artículo 2 junto a otras actividades que afectan a la seguridad e integridad de las personas, será necesario el visado solo para aquellos trabajos técnicos, relacionados con la proyectación de la ejecución y certificación final de las obras de edificación, así como con las demoliciones y legalizaciones de las mismas.De acuerdo al artículo 4 del Decreto 1000/2010, este visado obligatorio se limitará a solo tres cuestiones: la comprobación de la identidad y habilitación profesional de los técnicos participantes en los trabajos señalados, la confirmación de la integridad y corrección documental de lo que se someta a visado y, finalmente, el atendimiento responsable del técnico redactor al cumplimiento de las condiciones de seguridad que deben existir de acuerdo a la legalidad vigente.No obstante, este decreto, dado su carácter de legislación básica estatal, deja abierta la posibilidad de que se exijan otras cuestiones administrativas, relativas a la supervisión técnica y urbanística, que tienen que ver con los desarrollos y competencias sectoriales y autonómicas.Una vez despejada esta incertidumbre que está relacionada con la implantación y desarrollo en los países que forman la Unión Europea de la famosa Directiva Bolkenstein, relativa a la liberalización de la oferta de servicios en el mercado interior, es el momento de atender a otros graves problemas en que se encuentra sumida la profesión en España.
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