Así afecta el nuevo complemento de maternidad a las pensiones en 2021

Por Pedirayudas @Pedirayudas
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Una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), dictada el 12 de diciembre de 2019, marca un punto de inflexión en la legislación española. Ese día se pronuncia en contra del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social (vigente desde 2016), porque vulneraba la Directiva Europea 79/7 y constituía una "discriminación directa por razón de sexo".

Y es que dicha norma solo contemplaba un complemento de maternidad respecto de las mujeres que habiendo tenido dos o más hijos biológicos o adoptados causasen derecho a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o de viudedad en cualquier régimen del sistema de la Seguridad Social.

Desde entonces, distintas sentencias han otorgado a varios padres el derecho a percibir esta bonificación y el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, se ha visto obligado a buscar rápidamente una fórmula que siga aportando un plus en su retiro a las mujeres que hayan visto afectada su carrera de cotización por el nacimiento y cuidado de los hijos que también pueda, en casos muy concretos, beneficiar a los varones con lagunas de cotización por este mismo motivo.

El complemento por maternidad actual

Desde principios de año el complemento de pensión por hijo es, siempre que se cumplan con los requisitos establecidos, accesible tanto para mujeres como para hombres.

Pero esto no quiere decir que se trate por igual a todos sus posibles beneficiarios, lo que implica que hay quien gana y quien pierde con la introducción de la nueva normativa.

Entre los primeros están los varones que encajen en las exigencias, las madres con un hijo y las que tengan pensiones bajas.

En cambio, las mujeres con ingresos medios o altos y con dos o más hijos percibirán ahora complementos más bajos que los que les corresponderían con el cálculo anterior. En algunos casos, el cambio de modelo puede suponer ingresar hasta 300 euros menos.

La modificación no afecta a las más de 752.000 mujeres que reciben el antiguo complemento y que seguirán cobrándolo sin más cambios que las actualizaciones anuales, que serán idénticas a las de las pensiones contributivas.

Quién tiene derecho a percibir el nuevo complemento por hijo

Mientras que antes solo podían solicitarlo las madres de dos o más hijos, ahora también lo pueden pedir las que hayan tenido solo uno.

Se les otorgará por defecto, mientras que los hombres tendrán que solicitarlo expresamente y deberán cumplir con unos determinados requisitos:

  • Su pensión de jubilación debe ser inferior a la que cobra la madre.
  • Los padres de hijos nacidos o adoptados antes del 31 de diciembre de 1994 deben presentar lagunas de cotización de al menos cuatro meses entre los nueve anteriores al nacimiento o adopción y los tres años siguientes.
  • Para los padres de hijos nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995, la suma de las bases de cotización de los dos años siguientes al nacimiento o adopción han de ser inferiores en más del 15% a la suma de las de los dos años anteriores.

En ningún caso podrán obtener el complemento ambos progenitores y si los dos tuvieran derecho solo sería adjudicado a la madre si se trata de una pareja heterosexual y a quien perciba la pensión más baja si está compuesta por personas del mismo sexo.

En qué casos pueden solicitarlo los padres

Para que pueda solicitarlo el hombre deben concurrir alguno de estos requisitos:

  • Causar una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor por los hijos o hijas en común, siempre que alguno tenga derecho a percibir pensión de orfandad.
  • Causar una pensión contributiva de jubilación o incapacidad permanente y haber interrumpido o haber visto afectada su carrera profesional con ocasión del nacimiento o adopción, con determinadas condiciones relacionadas con la cotización.

Cuantías

Aquí está la otra gran diferencia con respecto a la fórmula anterior. Si hasta ahora el complemento era un plus calculado a partir de la pensión de cada beneficiaria (un 5% si se tenía dos hijos, un 10% con tres y un 15% a partir de cuatro), desde la semana pasada se establece una cantidad fija de 378 euros anuales por hijo hasta un máximo de cuatro.

Es decir, independientemente de la pensión de jubilación que se perciba, el complemento queda siempre establecido entre los 378 y los 1.512 euros anuales.

O lo que es lo mismo, 27 euros más en cada una de las catorce pagas si sólo se tiene un hijo; 54 si se tienen dos; 81 son catorce tres; y 108 euros si se han tenido cuatro o más vástagos. Estas cantidades, vigentes para 2021, se incrementarán cada año en el mismo porcentaje en que suban las pensiones contributivas.

¿Es para todas las pensiones o solo las de jubilación ordinaria?

Es para las pensiones contributivas, de incapacidad permanente, viudedad o jubilación (anticipada o no), reconocidas a partir del 4 de febrero de 2021, pero no para la jubilación parcial, si bien se tendrá derecho al complemento cuando desde la jubilación parcial se acceda a la jubilación plena una vez cumplida la edad que en cada caso corresponda.

Cuales son los beneficios ante estos cambios

Al tratarse de un importe fijo y no de un porcentaje, el nuevo complemento beneficia a las mujeres con pensiones bajas y perjudica a las que las tienen más altas.

La lista de pensionistas que salen ganando por el cambio está encabezada por los hombres que reúnan los requisitos para solicitar el complemento, así como por las madres de un único hijo. Ambos colectivos antes no percibían nada por este concepto y a partir de ahora recibirán 27 euros en cada nómina, lo que suponen 378 euros más al año.

Las segundas beneficiadas son las madres que reciben el plus por haber tenido dos hijos. Antes ingresaban un 5% de su pensión, por lo que si ésta era inferior a los 1.080 euros el complemento no llegaba a los 54 euros (27 por cada hijo) que recibirán a partir de ahora.

También mejoran sus ingresos gracias a la nueva fórmula las madres de tres hijos con una pensión inferior a los 810 €. Antes recibían el 10 % de su pensión, con lo que plus no llegaba los 81 euros en cada paga (1.134 al año) que ahora se les reconoce.

El último grupo que gana con el cambio son las madres de cuatro o más hijos con pensiones inferiores a los 720 euros al mes, a las que antes la Seguridad Social reconocía un plus del 15% de su pensión, por lo que no llegaban los 108 euros por nómina (1.512 al año) que cobrarán ahora.

Estos cambios también traen ciertas desventajas para algunas

Hay quien ingresará a partir de ahora menos de lo que hubiese ganado por este mismo concepto el año pasado.

Al contrario de lo que pasa con las beneficiadas, en este caso hablaríamos en primer lugar de las madres de dos hijos con pensiones superiores a los 1.080 €.

Aplicando a ese importe el 5% que reconocía el antiguo complemento ya cobraban los 54 euros que por defecto se les pagarán ahora sin posibilidad de aumento por mucho que su pensión supere esa cifra. Otro tanto ocurre con las de tres hijos con pensiones de más de 810 euros mensuales y las de cuatro que superen los 720.

A medida que incrementa la pensión, crece también la cantidad que se deja de cobrar. Por ejemplo, alguien que tenga una pensión de 1.500 euros pasa de cobrar 150 a ingresar 81 euros si tiene dos hijos y baja de 225 a 108 en caso tener tres vástagos.

Esos 69 y 117 euros de diferencia se incrementan hasta los 119 con dos hijos y los 192 con tres si la pensión llega a los 2.000.

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