Ayudas y coberturas actuales destinadas a los Autónomos

Por Pedirayudas @Pedirayudas

Nadie pone en duda que el sector de los autónomos es uno de los más castigados por la administración, sobre todo en cuanto al pago de impuestos y al vacío en lo referente a derechos sociales. Comparado con el resto de trabajadores no tienen ninguna facilidad para conseguir la baja por enfermedad, la prestación por desempleo o los permisos por paternidad por citar algunos casos.
 

 
Desde Pedirayudas.com queremos recordar las seis ayudas de la Seguridad Social que tiene hoy día el autónomo, según el Servicio de Empleo.

  • Autónomos con baja de maternidad o paternidad: cuentan con una bonificación del 100% de la cuota que resulta de aplicar sobre la base mínima o fija que corresponda al tipo de cotización establecido como obligatorio durante el periodo de sustitución.
  • Altas de familiares colaboradores de autónomos: disponen de una bonificación del 50% de la cuota resultante de aplicar sobre la base mínima del tipo correspondiente e cotización vigente durante un año y medio.
  • Jóvenes autónomos: Los hombres menores de 30 años y las mujeres con menos de 35 años disfrutarán de una bonificación del 30% de la cuota mínima de autónomos durante un periodo de 30 meses, que suponen 15 meses de reducción y otros 15 meses de bonificación. Hace referencia a los autónomos dados de alta a partir de la entrada en vigor del Estatuto del Trabajador Autónomo. Las personas menores de 30 años contarán con una reducción de 80% durante los seis primeros meses, del 50% durante los siguientes seis, del 30% entre el 12 y 15 mes, y con una bonificación del 30% durante los siguientes 15 meses hasta cumplir los 30 meses.
  • Autónomos mayores de 30 años: tendrán una reducción sobre la cuota de contingencias comunes durante un máximo de 18 meses, una reducción del 80% durante los seis primeros meses, del 50% los siguientes seis meses y del 30% entre el primer año y el mes 18.
  • Los autónomos de Ceuta y Melilla en los sectores de Comercio, Hostelería, Turismo e Industria contarán con una bonificación del 50% de la base de cotización por contingencias por tiempo indefinido.
  • Personas autónomas con discapacidad: en el caso de aquellos que se den de alta en el RETA con un grado de discapacidad del 33% o superior tendrán reducciones y bonificaciones sobre la cuota por contingencias comunes durante cinco años, reducción del 80% durante seis meses si no cuenta con asalariados y bonificación del 50% durante 54 meses. En el caso de los discapacitados menores de 35 años la reducción del 80% se prolongará durante un año y la bonificación del 50% durante los siguientes cuatro años.