Sin embargo, desde que hacemos uso de la vía telemática y, además, de forma generalizada, debemos ser conscientes que pueden producirse nuevas situaciones que conviene analizar, ya que en la gran mayoría de los supuestos, el ingreso de la deuda suele producirse con anterioridad a la presentación telemática de la declaración.
Sobre este tema he escrito un artículo en el Blog del Master en Consultoría & Asesoría Fiscal, uno de los blogs en los que suelo escribir, que como viene siendo costrumbre, os enlazo desde este blog y os invito a leer pulsando sobre la siguiente imagen:
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