Casa Rustica en la Isla de Oland

Por Estilosrusticos

Una de las principales nociones del inferencialismo (como teoría general de la racionalidad) es la diferencia entre "estado mental" y "estatus normativo"..Un estado mental es una especie de entidad psicológica, como, p.ej., una creencia, un deseo, o una emoción (seguramente estos ejemplos no son auténticas "clases naturales", sino conceptos chapuceros con los que nos intentamos autoexplicar lo que notamos al experimentar nuestra actividad mental; es decir, es posible que en realidad no haya tal cosa como "creencias" o "deseos", sino procesos mentales de una enorme variedad, que agrupamos tentativamente bajo esas categorías -igual que no hay tal cosa en la naturaleza como "mascotas", sino que hay organismos muy diferentes entre sí, que agrupamos bajo esa categoría conveniente)..Un estatus normativo (que vienen básicamente en dos categorías: "compromisos" o "licencias") son estados mentales que, independientemente de si los tengo o no, los "debería" tener (los "compromisos") o bien estoy "legitimado" para tenerlos (las "licencias"). Digamos que mis "compromisos cognitivos" son aquellas proposiciones tales que, o bien yo ACEPTO, o bien se siguen de las proposiciones que acepto mediante reglas cuya validez también acepto. Mis "compromisos prácticos" son aquellas acciones que, o bien acepto que debo realizar, o bien el hecho de que debo realizarlas se sigue (mediante reglas que también acepto) de qué otras acciones acepto que debo realizar. Mis "compromisos valorativos" serían qué evaluaciones acepto que debo realizar, o bien se sigue (mediante reglas que acepto) que debo aceptarlas a partir de otros compromisos que he aceptado..Los estatus normativos tienen naturaleza "perspectivista", en el sentido de que, en lugar de decir que Fulano tiene la obligación de aceptar X, podemos especificar que Fulano tiene esa obligación según Mengano (que puede ser idéntico o no a Fulano). Es decir, con los estatus normativos puede hacerse dos cosas: aceptarlos (uno acepta que él tiene tal o cual compromiso) y atribuirlos (uno acepta que otra persona tiene tal o cual compromiso). Naturalmente, no es necesario ni inevitable que los compromisos que yo creo que tengo sean los mismos que tú crees que yo tengo. Vaya, se trata de que no es necesario asumir que hay algo así como "obligaciones en el vacío", sino que "ser una obligación" podemos entenderlo siempre AL MENOS como abreviatura de "ser una obligación según Mengano", y permanecer agnósticos sobre la cuestión de si Fulano tiene cierta obligación con independencia de lo que piense cualquiera, incluído él..El inferencialismo se llama "inferencialismo" porque los estatus normativos están "entrelazados inferencialmente unos con otros". Es decir, tener un compromiso u obligación implica siempre tener algún otro compromiso. No hay un estado que consista en tener UN SOLO compromiso, sino que lo que hace de un compromiso un compromiso es qué otros compromisos se siguen, mediante las reglas de inferencia que uno haya aceptado, a partir de aquel primer compromiso. Esto puede parecer un galimatías (y lo es), así que lo intento aclarar con un ejemplo: tened en cuenta que estoy pensando sobre todo en compromisos cognitivos (proposiciones cuya verdad acepto); pues bien, la cosa es que si os imagináis que aceptáis una proposición cualquiera -p.ej., "ayer el Barça ganó al Madrid"-, el aceptar esa proposición os conduce inevitablemente a tener que aceptar otras cosas; p.ej., si afirmáis eso, alguien os puede preguntar el resultado del partido, y no podréis afirmar un resultado en el que el Madrid hubiera marcado más goles válidos que el Barça (eso se sigue de que aceptáis las reglas del fútbol; es más, si no las aceptarais -es decir, si no aceptarais que el fútbol tiene tales o cuales reglas, no estaríais en realidad afirmando nada al afirmar la proposición inicial)..Otra forma de verlo es considerar que un concepto (el de "fútbol", p.ej.) consiste en algo así como en un "nódulo de reglas de inferencia": aceptar el concepto de "fútbol" implica aceptar que debe ser usado siguiendo ciertas reglas (reglas que dicen qué es apropiado decir hablando de fútbol y qué no, qué datos hay que aportar para justificar las afirmaciones acerca de fútbol, etc., etc.). Decir que los estatus normativos son intrínsecamente inferenciales sería equivalente, por lo tanto, a decir que uno no puede tener un solo concepto. (¿Os imagináis tener un único concepto? Incluso los varones no llegamos a eso). Tener (la capacidad legítima de utilizar) un concepto exige tener (idem) muchos otros conceptos, y todos estos conceptos están "entrelazados" mediante reglas de inferencia (reglas que dicen qué se debe aceptar y qué no se puede aceptar en función de qué otras cosas hayas aceptado)..¿Adónde conduce todo esto? Vete tú a saber. De momento, quiero señalar la diferencia entre la noción de "creencia" (que se refiere a una realidad psicológica) y la noción de "aceptación" (que se refiere a una ¿realidad? normativa). Mis creencias están conectadas unas con otras mediante procesos causales (mi cerebro funciona de tal manera que tener ciertas creencias en tal situación me lleva a tener tales otras creencias en el momento siguiente, p.ej.). Mis "aceptaciones" (o compromisos cognitivos), en cambio, están "conectados" unos a otros mediante reglas de inferencia, no mediante procesos causales. Esto quiere decir que puede ser (y ocurrirá a menudo) que yo no crea cosas que debería aceptar (o que "debería creer"), y viceversa. Igualmente, uno puede no aceptar (o sea, no asumir conscientemente y voluntariamente) proposiciones que debería aceptar. (En realidad, "debería aceptar" y "debería creer" viene a ser lo mismo)..Después de todo el rollo, os dejo precisamente esta pregunta: ¿qué os parece la diferencia entre "creencia" -como hecho psicológico- y "compromiso cognitivo" o "aceptación" -como "hecho" normativo-? ¿Pensáis que uno puede no creer cosas que "debería creer"? ¿Tiene sentido para vosotros la expresión "Fulano debería creer X, pero no lo cree"?.Dejaré para otros días los jaleos relacionados con los "compromisos prácticos" y los "compromisos evaluativos", así que os ruego que no discutamos sobre ellos en esta entrada. Limitémonos de momento a lo cognitivo.Enrólate en el Otto Neurath

F.
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