Consecuencias de rechazar una colocación adecuada del SEPE: Todos los desempleados asumen ciertas obligaciones cuando firman el compromiso de actividad al inscribirse en el paro. Una de estas obligaciones es la de aceptar la colocación adecuada que pudiera proponer el Servicio Público de Empleo.
¿Qué se considera una colocación adecuada?
La colocación adecuada está definida en la normativa como la profesión demandada por el trabajador, aquella que se corresponde con su profesión habitual o cualquier otra que se ajuste a sus aptitudes físicas y formativas.
Condiciones de la colocación adecuada
En todo caso, se entenderá por colocación adecuada la coincidente con la última actividad laboral desempeñada, siempre que su duración hubiese sido igual o superior a tres meses.
Cambios tras un año de prestaciones
Transcurrido un año de percepción ininterrumpida de las prestaciones, además de las profesiones anteriores, también podrán ser consideradas adecuadas otras colocaciones que, a juicio del Servicio Público de Empleo, puedan ser ejercidas por el trabajador.
Factores a tener en cuenta para la colocación
La colocación se entenderá adecuada cuando se ofrezca en la localidad de residencia habitual del trabajador o en otra localidad situada en un radio inferior a 30 kilómetros de la localidad de residencia habitual. Salvo que el trabajador acredite que el tiempo mínimo para el desplazamiento de ida y vuelta supere el 25 por 100 de la duración de la jornada diaria de trabajo, o que el coste del desplazamiento supone un gasto superior al 20 por 100 del salario mensual, o cuando el trabajador tenga posibilidad de alojamiento apropiado en el nuevo empleo.
Calificación de la colocación
La calificación de que la colocación que se ofrece al trabajador es adecuada, tendrá en cuenta la duración del trabajo, indefinida o temporal, y la jornada de trabajo, a tiempo completo o parcial. Además dicha colocación deberá implicar un salario equivalente al aplicable al puesto de trabajo que se ofrece, con independencia de la cuantía de la prestación a que tenga derecho el trabajador, o aunque se trate de trabajos de Colaboración Social.
Consideraciones del Servicio Público de Empleo
Para la aplicación de lo previsto en los párrafos anteriores, el Servicio Público de Empleo competente tendrá en cuenta las circunstancias personales y profesionales del desempleado. Así como la conciliación de su vida familiar y laboral, el itinerario de inserción fijado, las características del puesto de trabajo ofertado, la existencia de medios de transporte para el desplazamiento. Así como las características de los mercados locales de empleo. El salario correspondiente a la colocación adecuada no podrá, en ningún caso, ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional una vez descontados los gastos de desplazamiento.
Obligación de aceptar una colocación adecuada
Aceptar una colocación adecuada es obligatorio para quienes reciben una prestación por desempleo. El SEPE indica que una de las obligaciones previstas en la ley para las personas que perciben prestaciones por desempleo es: Participar en los programas de empleo o en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales, que establezcan los servicios públicos de empleo o las agencias de colocación (cuando estas desarrollen actividades en el ámbito de colaboración con aquellos), así como aceptar la colocación adecuada que los servicios públicos de empleo o dichas agencias le hayan ofrecido.