Ejemplar manuscrito de la Constitución de 1978
El Rey sanciona la Constitución
La Constitución española de 1.978 ha cumplido su misión con mayor o menor acierto durante estos treinta y tres años de vigencia, pero la práctica ha dejado al descubierto serias lagunas que un nuevo gobierno como el que se avecina tiene la exigencia de subsanar.En la presente serie de tres artículos, escritos por Fernando Mª Hernández, ingeniero, e ilustre colaborador de este blog, en el que ha publicado diversos artículos, todos, hasta ahora, de carácter técnico, aborda, con el rigor propio de quien tiene una formación eminentemente rigurosa y científica, algunos de los mayores y mas importantes problemas que dicha Constitución no resolvió convenientemente y cada día que pasa se percibe con mayor claridad esa carencia.
Debido a la extensión de este texto, se publicara en tres partes y en dias consecutivos, y el autor “amenaza” con alguna otra entrega posterior, que sin falta, procederé a publicar.
F.J.
Introducción.
Es necesario reformar la Constitución Española de 1.978.
Durante los últimos años, toda la política española ha ido separando a los ciudadanos de las instituciones, que en el sentir general han actuado según criterios separadores de la convivencia.
Lo que pretendo, es mostrar algunas pautas para restablecer los fundamentos en que no siempre se ha asentado el funcionamiento de nuestra Democracia.
Escandaliza al ciudadano la actuación de muchos tribunales de justicia en los que es posible predecir la resolución del caso en función de las ideas políticas de los miembros del tribunal. Muchas veces no son solo ideas sino dependencias.
Escandaliza igualmente al ciudadano el que de cualquier ley presentada en las Cortes Generales, se pueda conozca su resultado de la votación, en función de los diputados existentes en cada partido político. Se conoce de antemano el sentido del voto de todos los miembros de cada agrupación política. (Creo recordar algún caso excepcional)
Existe indignación en los españoles y cada persona conduce su indignación por la senda que le marcan sus luces. Quiero marcar mi indignación separando lo que forma parte de la coyuntura en que la economía del reino es piedra de escándalo y que está siendo tratada abundantemente.
Quiero llamar mi atención indignada sobre tantos hechos observados en los que hemos podido ver como se incumple gravemente el principio de independencia de poderes en lo que debe asentarse la democracia.
Como decía Montesquieu “Donde todo el poder de una rama del estado está en las mismas manos de los que poseen todo el poder de otra rama se infringen los principios fundamentales de una constitución libre”
John Adams en el artículo nº 30 de la constitución de Massachusets de 1780 decía: El sector legislativo nunca ejercerá los poderes ejecutivo y judicial, o cualquiera de ellos. El judicial nunca ejercerá los poderes legislativo y ejecutivo, o cualquiera de ellos. El ejecutivo nunca ejercerá los poderes legislativo y judicial, o cualquiera de ellos. Con el fin de que pueda ser un gobierno de leyes y no de hombres.
La acumulación de todos los poderes, legislativo, ejecutivo y judicial en las mismas manos, puede en justicia, denunciarse como la definición mas propia de tiranía (Madison Nº 47 The Federalit 1788)
Quiero establecer mi opinión sobre la forma de separar los tres poderes del estado. Considero que el marasmo actual en todos los aspectos de la vida española tienen unos males debidos a ambigüedades en la Constitución que han permitido su manipulación.
Trataré primero sobre lo que en mi opinión es necesario modificar conseguir un nivel aceptable de independencia en el poder legislativo.
Seguiré con el judicial.
Si al lector le resulta interesante lo que expongo continuaré con otros aspectos cuyo desarrollo, desde interpretación sesgada de nuestra Ley de Leyes, ha provocado y provoca escándalo en los españoles. Esto ocurre con el título octavo de La Constitución que se ocupa de la organización territorial del Estado y que precisa así mismo importantes correcciones.(continuará)Fernado Mª Hernández.