El Decreto Supremo 011-2020-PRODUCE, que a su vez pone a prueba la capacidad de gestión de cada gobierno local, además de regular los lineamientos para el funcionamiento de mercados y otorgar mayor poder municipal para el control de estos establecimientos de ventas de productos de primera necesidad, de la misma forma señala que cada municipio tiene 3 días para aprobar el "Plan de vigilancia, prevención y control del Covid-19", no siendo necesario una sesión de consejo, basta con la rubrica por resolución de alcaldía-precisa la norma.
El Decreto Supremo también marca que el Comité está autorizado y facultado para elaborar un padrón de los comerciantes en cada centro de abasto, que desde hoy estará monitoreado a las reglas que la norma describe.
Otro aspecto resaltante, es que a partir de la fecha, cada comerciante deberá tener colocado su equipo de protección, bandas de distancia y/o alcohol en gel (o su similar).