“La donación nunca tendrá carácter lucrativo o comercial. La compensación económica resarcitoria que se pueda fijar sólo podrá compensar estrictamente las molestias físicas y los gastos de desplazamiento y laborales que se puedan derivar de la donación y no podrá suponer incentivo económico para ésta.” Por eso, los propios centros dedicados a la reproducción humana asistida han fijado una cantidad de entre 30 y 50 € por donación de esperma, y 916 € para la donante de óvulos. Esta cifra tan discriminatoria por razón de sexo se justifica por las molestias a las que debe someterse la mujer, que debe pasar por una hiper estimulación ovárica y una pequeña operación para extraerle alrededor de 10 óvulos de una vez. De esos 10 óvulos, una vez fecundados, se implantan 1,7 de promedio y 3,7 embriones sobrantes del proceso se congelan a la espera de destino. El resto se pierden. Hace algunos años era preciso sincronizar los ciclos de las mujeres donante y receptora, para implantar inmediatamente los óvulos que se extraían de una, tras ser fecundados, en la otra. Ahora ya no es necesario, porque los óvulos o los embriones se pueden congelar y esperar así el momento óptimo para su trasplante. De las mujeres que se someten a FIV en Dexeus, el 42% son españolas, mientras que el 46% vienen de Italia, el 6% de Francia y el resto de otros países. Este turismo reproductivo se explica, no solo por las mayores facilidades legales que ofrece España, a las que me refería anteriormente, sino también a un deseo de buscar el anonimato en los círculos cercanos de las mujeres que se someten a estas técnicas. Al finalizar su presentación, un asistente al congreso le ha preguntado por qué hay que recompensar por las molestias a las donantes de óvulos con una cantidad tan alta, en vez de seguir los criterios que se aplican a los donantes de médula ósea, donde no hay tal remuneración, aunque el REDMO se hace cargo de los costes que la donación comporta para el donante. Igualmente el caso de la donación de esperma podría equipararse a la donación de sangre, donde tampoco se recompensa al donante más que con un bocadillo por las molestias y para que se recupere tras la donación. La Dra. Veiga ha sido muy clara: La razón por la que España lidera el número de donantes de óvulos es precisamente porque en nuestro país se remunera de esta manera. El 50% de las donaciones de óvulos de toda Europa son de España. Por tanto, parece que la supuesta “compensación de gastos” resulta en realidad algo más, y se está vulnerando descaradamente el espíritu de la ley ya que, de otro modo, no habría tantas donantes de óvulos. Como muy bien ha dicho ella, no son comparables la donación de óvulos y la de médula ósea. Ambas comportan riesgos para el donante. En ambas se trata de defender la vida del receptor de las células (curándole de una enfermedad o provocando artificialmente su concepción). Pero la donación de óvulos tiene un plus psicológico. Y hay que tenerlo en cuenta. Según la ley de Reproducción Humana Asistida, debe existir un registro de donantes de gametos, para permitir que los niños así creados puedan conocer en un futuro las características genéticas de sus padres biológicos, si fuera preciso por razones médicas (para conocer los antecedentes genéticos). El derecho de uno a saber quiénes son sus padres se supedita en este caso al del donante a permanecer anónimo a fin de no recibir reclamaciones futuras por el fruto de su donación. Además, la donación de gametos está limitada a que de un mismo donante no pueden nacer más de 6 hijos, para evitar que se convierta en una actividad lucrativa para el donante (?). Pero esto no evitará problemas de seguridad en el futuro con hermanos que se pudieran casen entre sí sin saber que lo son. Sin embargo, como la misma Dra. Veiga ha reconocido, a pesar de que la ley lo exige no existen tales registros. Lo que se hace es preguntar al donante si ha donado otras veces, cuándo y dónde. Y en los casos que resultan sospechosos se consultan entre los centros afines para tratar de desenmascarar al que trata de engañarlos. Me sorprende que una actividad que mueve tanto dinero, y cuyas consecuencias en caso de mala utilización son tan graves, pueda estar sin regulación efectiva, mientras que en otras actividades de donación de células también muy importantes (como los progenitores hematopoyéticos de la sangre de cordón) se es mucho más restrictivo.
“La donación nunca tendrá carácter lucrativo o comercial. La compensación económica resarcitoria que se pueda fijar sólo podrá compensar estrictamente las molestias físicas y los gastos de desplazamiento y laborales que se puedan derivar de la donación y no podrá suponer incentivo económico para ésta.” Por eso, los propios centros dedicados a la reproducción humana asistida han fijado una cantidad de entre 30 y 50 € por donación de esperma, y 916 € para la donante de óvulos. Esta cifra tan discriminatoria por razón de sexo se justifica por las molestias a las que debe someterse la mujer, que debe pasar por una hiper estimulación ovárica y una pequeña operación para extraerle alrededor de 10 óvulos de una vez. De esos 10 óvulos, una vez fecundados, se implantan 1,7 de promedio y 3,7 embriones sobrantes del proceso se congelan a la espera de destino. El resto se pierden. Hace algunos años era preciso sincronizar los ciclos de las mujeres donante y receptora, para implantar inmediatamente los óvulos que se extraían de una, tras ser fecundados, en la otra. Ahora ya no es necesario, porque los óvulos o los embriones se pueden congelar y esperar así el momento óptimo para su trasplante. De las mujeres que se someten a FIV en Dexeus, el 42% son españolas, mientras que el 46% vienen de Italia, el 6% de Francia y el resto de otros países. Este turismo reproductivo se explica, no solo por las mayores facilidades legales que ofrece España, a las que me refería anteriormente, sino también a un deseo de buscar el anonimato en los círculos cercanos de las mujeres que se someten a estas técnicas. Al finalizar su presentación, un asistente al congreso le ha preguntado por qué hay que recompensar por las molestias a las donantes de óvulos con una cantidad tan alta, en vez de seguir los criterios que se aplican a los donantes de médula ósea, donde no hay tal remuneración, aunque el REDMO se hace cargo de los costes que la donación comporta para el donante. Igualmente el caso de la donación de esperma podría equipararse a la donación de sangre, donde tampoco se recompensa al donante más que con un bocadillo por las molestias y para que se recupere tras la donación. La Dra. Veiga ha sido muy clara: La razón por la que España lidera el número de donantes de óvulos es precisamente porque en nuestro país se remunera de esta manera. El 50% de las donaciones de óvulos de toda Europa son de España. Por tanto, parece que la supuesta “compensación de gastos” resulta en realidad algo más, y se está vulnerando descaradamente el espíritu de la ley ya que, de otro modo, no habría tantas donantes de óvulos. Como muy bien ha dicho ella, no son comparables la donación de óvulos y la de médula ósea. Ambas comportan riesgos para el donante. En ambas se trata de defender la vida del receptor de las células (curándole de una enfermedad o provocando artificialmente su concepción). Pero la donación de óvulos tiene un plus psicológico. Y hay que tenerlo en cuenta. Según la ley de Reproducción Humana Asistida, debe existir un registro de donantes de gametos, para permitir que los niños así creados puedan conocer en un futuro las características genéticas de sus padres biológicos, si fuera preciso por razones médicas (para conocer los antecedentes genéticos). El derecho de uno a saber quiénes son sus padres se supedita en este caso al del donante a permanecer anónimo a fin de no recibir reclamaciones futuras por el fruto de su donación. Además, la donación de gametos está limitada a que de un mismo donante no pueden nacer más de 6 hijos, para evitar que se convierta en una actividad lucrativa para el donante (?). Pero esto no evitará problemas de seguridad en el futuro con hermanos que se pudieran casen entre sí sin saber que lo son. Sin embargo, como la misma Dra. Veiga ha reconocido, a pesar de que la ley lo exige no existen tales registros. Lo que se hace es preguntar al donante si ha donado otras veces, cuándo y dónde. Y en los casos que resultan sospechosos se consultan entre los centros afines para tratar de desenmascarar al que trata de engañarlos. Me sorprende que una actividad que mueve tanto dinero, y cuyas consecuencias en caso de mala utilización son tan graves, pueda estar sin regulación efectiva, mientras que en otras actividades de donación de células también muy importantes (como los progenitores hematopoyéticos de la sangre de cordón) se es mucho más restrictivo.