Si eres una de las personas que has solicitado la jubilación anticipada, este artículo te interesa.
La Seguridad Social ha notificado que en el mes de marzo las personas que han solicitado la jubilación anticipada recibirán por parte de la seguridad social una nueva "paga".
Esta nueva paga se va a incluir en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y de otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema según anuncia el ministro de inclusión y seguridad social José Luis Escrivá.
De esta paga se van a beneficiar alrededor de 213.000 jubilados anticipados con largas carreras de cotización, pero el plus de máxima cuantía lo percibirán muy pocos de ellos, apenas 20.000 pensionistas.
Muchos de estos beneficiarios desconocen tanto la cuantía y el motivo porque la seguridad social no les ha notificado nada.
¿Quiénes la pueden percibir?
Todos aquellos jubilados que hayan accedido a la jubilación de forma anticipada entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021, en determinados supuestos de largos periodos de cotización y, en su caso, también lo recibirán determinados perceptores que estén cobrando pagas de baja cuantía.
¿Quiénes no pueden percibirla?
Aquellos jubilados que cobren la pensión máxima que en 2022 es de 39.486€ al año por lo que para recibirlo la cuantía de la pensión debe ser mas baja que si se le hubieran aplicado los coeficientes reductores vigentes a 1 de enero de 2022.
Quienes se jubilaron antes del año 2002 o quienes lo hayan hecho ya en este 2021, tampoco optarán a ese complemento. Pero en el caso de jubilaciones anticipadas voluntarias quienes no acrediten una cotización de 44 años y 6 meses tampoco la recibirán. O bien quienes no acrediten 40 años de cotización, si su pensión es inferior a 900 euros.
¿Qué fin se busca con esta nueva paga?
Es compensar a los pensionistas que se jubilaron antes de tiempo y que tienen una prestación inferior con respecto a aquellos que se retiren este año. La cantidad rondara entre lo 4,5 y los 82 euros más al mes y esta viene determinada por la diferencia entre la pensión reconocida y la cuantía que hubiera recibido en el caso de aplicar los nuevos coeficientes reductores.
No es necesario solicitarla ni acudir de forma presencial ya que se tramitara de forma automática por parte de la seguridad social.