En ese sentido – aclaró que el Acuerdo de Consejo Regional N° 295-2015-CR/CRL, de fecha 6 de noviembre del 2015, en virtud de las facultades que el Pleno de Consejo y la ley le atribuyen, es propio de un órgano totalmente independiente del Ejecutivo Regional, cuya función es legislar y fiscalizar según se establece en la Ley N° 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos Regionales.
Sin embargo – rechazó y condenó los actos proferidos contra el honor de las personas y la majestad del Pleno de Consejo, haciendo votos porque tales actos no queden impunes y sean canalizados ante las instituciones tutelares de la democracia y el estado de derecho que representa el Poder Judicial. Por último se precisó que la entidad regional, como mejor muestra de la independencia de poderes, sigue en su línea de transparencia y, fiel a los objetivos trazados en una irrestricta libertad de expresión consagrada en la Constitución.