Grupos parlamentarios presentan conjuntamente una proposición no de ley para regular a los mestos

Por Fat
El PP y el resto de grupos del Congreso, a excepción del PSOE, han presentado una proposición no de ley en la que instan al Gobierno a modificar -a través de una disposición transitoria- la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias para regular, en un plazo de seis meses tras su entrada en vigor, un procedimiento excepcional de acceso al título de médico y farmacéutico especialista.
El objetivo de esta proposición -que será aprobada por la Cámara al contar con el respaldo de toda la oposición- es regular la situación de los MESTOS (Médicos Especialistas Sin Título Oficial) y los FESTOS (Farmacéuticos Especialistas Hospitalarios), profesionales formados en los años 80 que no pudieron acceder a plazas MIR y que fueron contratados por los hospitales, fuera del sistema MIR, para cubrir las necesidades surgidas de la transferencia de la sanidad a las autonomías.
Según el texto de esta proposición, presentada ayer jueves a la Mesa del Congreso de los Diputados, en diciembre de 2008 la Comisión de Sanidad del Congreso aprobó una proposición no de ley relativa a la búsqueda de una salida legal a estos colectivos. Sin embargo, a su entender, "el Gobierno insiste en no dar una solución a estos profesionales, alegando que un nuevo proceso de acceso excepcional al título de médico sería contrario a la Directiva 2005/36/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, incorporada al ordenamiento jurídico español a través del Real Decreto 1837/2008".
Los grupos que respaldan esta proposición consideran que la regulación del acceso a la especialidad médica que realiza el artículo 25 de la mencionada directiva "es muy similar al que realizaba el artículo 24 de la Directiva 93/16/CEE, en base a la cual se llevaron a cabo sendos proceso de regularización en 1994 y 1999".
De hecho, apuntan, "el último de estos procesos fue avalado por el Tribunal Supremo en una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del 17 de junio de 2003, según la cual 'no aprecia la existencia de una contradicción abierta y patente entre la directiva de contraste y el real decreto impugnado, pues las dudas existentes en cuanto a su compatibilidad en determinados puntos concretos pueden ser salvadas acudiendo al principio comunitario de interpretación de las normas internas a la luz del Derecho comunitario".
Ante esta situación, piden modificar la Ley 44/2003 para que, en seis meses desde la entrada en vigor de la disposición transitoria que quieren añadir, el Gobierno regule un procedimiento excepcional de acceso al título de médico y farmacéutico especialista para españoles y el resto de miembros de la UE o el espacio económico europeo que tuvieran el título de licenciado en Medicina o Farmacia en España o su reconocimiento u homologación, siempre que acrediten formación y experiencia suficientes y que hayan obtenido licenciatura u homologación antes del 22 de noviembre de 2003.
En la actualidad, según esta proposición, hay más de 2.000 médicos que siguen ejerciendo en España la especialidad en la que se formaron, en la que tienen entre 10 y 15 años de experiencia, sin contar con un título que acredite su especialidad.