Informa el SEPE: las dos ayudas que van a cotizar para tu pensión de jubilación

Por Pedirayudas @Pedirayudas

En un panorama económico donde la estabilidad laboral puede verse afectada, las ayudas gestionadas por el Servicio Público de Empleo Estatal ( SEPE) se han convertido en un recurso vital para muchos españoles que, lamentablemente, se encuentran sin trabajo.

En este contexto, es fundamental entender cómo estas prestaciones afectan a largo plazo, especialmente en términos de la cotización para la pensión de jubilación, un tema de creciente interés entre los ciudadanos.

El sistema de prestaciones por desempleo en España está dividido en dos grandes categorías: la prestación contributiva, comúnmente conocida como el paro, y los subsidios por desempleo, que se otorgan a aquellas personas que no cumplen con los requisitos mínimos para acceder al paro. Si bien ambas ayudas ofrecen un respiro económico, su impacto en la futura pensión de jubilación no es el mismo.

Diferencias entre el paro y los subsidios por desempleo

Cuando un trabajador pierde su empleo de manera involuntaria y ha cotizado al menos 360 días en los últimos seis años, tiene derecho a percibir la prestación contributiva o paro. Esta ayuda es proporcional a la base reguladora por la cual se ha estado cotizando. Durante los primeros 180 días, la prestación equivale al 70% de esta base, pero a partir del día 181, la cuantía se reduce al 60%. Además, durante el tiempo que el beneficiario percibe el paro, continúa cotizando para su pensión de jubilación, lo que garantiza una continuidad en su historial de cotización, un aspecto crucial para su futuro económico.

Por otro lado, los subsidios por desempleo, que están disponibles para quienes no han alcanzado el mínimo de cotización requerido para la prestación contributiva, suelen tener características diferentes. En general, estos subsidios no cotizan para la jubilación y ofrecen una cantidad fija, actualmente establecida en 480 euros al mes, equivalente al 80% del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples ( IPREM). Esta cuantía, aunque proporciona un alivio financiero, no incluye la cotización para la jubilación, lo que puede suponer una diferencia significativa en la futura pensión de quienes dependen de estas ayudas por un periodo prolongado.

Los subsidios que si cotizan para la jubilación

Sin embargo, el SEPE ha confirmado que existen dos subsidios específicos que sí cotizan para la jubilación, lo que representa una excepción a la norma general. Estas ayudas son particularmente importantes para ciertos grupos de trabajadores que, de otro modo, podrían ver comprometida su futura pensión.

  • Subsidio para mayores de 52 años: Este subsidio es un salvavidas para muchas personas que, tras perder su empleo, se encuentran en una etapa de la vida en la que resulta complicado reinsertarse en el mercado laboral. Los beneficiarios de esta ayuda pueden recibirla hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación, lo que les permite mantener un ingreso constante durante años cruciales de su vida laboral. Además, este subsidio cotiza para la jubilación por el 125% del tope mínimo de cotización vigente, lo que contribuye de manera significativa a la futura pensión del beneficiario. El importe mensual de esta ayuda es de 480 euros, lo que, aunque modesto, asegura una cotización constante y relevante para la jubilación.
  • Prestación especial para trabajadores del sector artístico: Este es un subsidio específico destinado a aquellos trabajadores del sector artístico, incluidas las actividades técnicas y auxiliares, que se encuentren en situación de desempleo. La ayuda se percibe durante 120 días y tiene un importe base de 480 euros. No obstante, si el trabajador ha cotizado en los últimos 60 días por una base superior a 60 euros, la cuantía de la ayuda puede incrementarse hasta los 600 euros mensuales. Lo más relevante de esta prestación es que cotiza para la jubilación con la base de cotización mínima vigente en cada momento, correspondiente al grupo 7 del Régimen General de la Seguridad Social. Esto asegura que estos trabajadores, a menudo sujetos a contratos intermitentes y condiciones laborales inestables, puedan seguir acumulando derechos para su futura pensión.

Por tanto, mientras que la mayoría de los subsidios por desempleo no cotizan para la jubilación, el SEPE ha establecido excepciones para proteger a grupos vulnerables como los mayores de 52 años y los trabajadores del sector artístico. Estas ayudas no solo proporcionan un alivio económico temporal, sino que también aseguran que los beneficiarios continúen cotizando para su futura pensión, lo que refuerza la importancia de estar bien informado sobre las prestaciones disponibles y sus implicaciones a largo plazo.