La empresa no me ha dado la documentación para solicitar el paro, ¿qué puedo hacer?

Por Pedirayudas @Pedirayudas
Como obtener certificados de empresa del SEPE Cotización mínima para solicitar la prestación por desempleo o un subsidio del SEPE en 2021

Para poder cobrar la prestación por desempleo se deben de cumplir principalmente dos requisitos, el primero de ellos es tener un periodo mínimo de cotización y el segundo es que la relación laboral finalice por una causa no imputable al trabajador.

En relación con este segundo requisito, para que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) conozca cuál ha sido la causa de extinción de la relación laboral, además de otros datos importantes como nuestra base de cotización, todas las empresas tienen obligación de emitir un certificado de empresa, donde se recojan todos estos datos.

El certificado de empresa no es un requisito indispensable para cobrar la prestación, pero sí es la forma que tiene el SEPE de conocer que se cumplen los requisitos.

Este certificado de empresa se suele remitir de manera electrónica desde la empresa al SEPE, sin que tú como trabajador debas tener una copia en papel.

¿De qué plazo dispone la empresa para enviar el certificado?

De forma habitual, la empresa suele remitir el certificado el mismo día en que se produce la extinción de la relación laboral.

¿Y si la empresa no me da el certificado?

Aunque como ya hemos dicho no tener el certificado no debe ser motivo para denegar la prestación del desempleo, muchas veces desde el SEPE ponen problemas.

Es por ello, que, como trabajador, puedes ejercitar algunas de las siguientes acciones:

  1. Presentar la solicitud de la prestación por el desempleo junto con el documento de "declaración de carencia de documentación". Puedes encontrar dicho documento en este enlace.
  2. Presentar toda la documentación que tengamos: la carta de despido o comunicación del fin de contrato temporal, el contrato de trabajo, el documento del finiquito, así como nóminas y las bases de cotización en la seguridad social. Es decir, cualquier prueba que pueda acreditar que tenemos derecho al desempleo.
  3. Llamar a la empresa: muchas veces a la empresa, por error, se te puede haber olvidado este sencillo trámite. Así, con una simple llamada solucionamos el problema.
  4. Presentar una denuncia en la inspección de trabajo acreditando que le hemos indicado a la empresa que lo necesitamos para solicitar el paro; y es que no enviar el certificado de empresa es una sanción grave recogida en el artículo 22 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

¿Puede la empresa negarse a enviar el certificado?

En ningún caso puede negarse, ya que es una obligación intrínseca que tiene la misma en cualquier extinción laboral.

¿Qué sanción puede tener la empresa ante la negativa?

La negativa a enviar el certificado constituye una sanción grave cuya multa puede oscilar entre los 626 euros hasta los 6.250 euros en virtud del apartado 1 a) del artículo 40 de la LISOS.

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