Dicha Orden, que ya ha sido objeto de una corrección de errores en el B.O.E. del 4 de octubre, entró en vigor el mismo día de su publicación, es decir, el día 29, por lo que es de aplicación a la declaración que hay que presentar en el presente mes de octubre.
En ella se introducen básicamente dos novedades importantes que van a afectar a todas las empresas, ya no sólo a las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada, a las que hago una especial referencia. Con tal motivo, he rescrito recientemente un artículo en el blog ConTuNegocio que he tenido que fraccionar en dos partes debido a su tamaño, y que como viene siendo costumbre, os enlazo desde este blog y os invito a leer pulsando sobre las imágenes que se muestran al final.
Los contenidos que trato en él son:
- Fundamentos
- Principales novedades introducidas en los modelos
- Presentación del modelo 202
- Características de la presentación telemática del modelo 202
- Plazo de presentación del modelo 202, y
- Más información sobre el procedimiento de cálculo del pago fracccionado
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