La presentación telemática de los pagos fraccionados es ahora obligatoria para todas las empresas

Publicado el 11 octubre 2012 por Barborza @bartolomebz

El pasado sábado 29 de septiembre se publicó en el B.O.E. la Orden HAP/2055/2012, de 28 de septiembre, por la que se aprobaba el modelo 202para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español) y se modifica la Orden EHA/1721/2011, de 16 de junio, por la que se aprueba el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal.

Dicha Orden, que ya ha sido objeto de una corrección de errores en el B.O.E. del 4 de octubre, entró en vigor el mismo día de su publicación, es decir, el día 29, por lo que es de aplicación a la declaración que hay que presentar en el presente mes de octubre.

En ella se introducen básicamente dos novedades importantes que van a afectar a todas las empresas, ya no sólo a las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada, a las que hago una especial referencia. Con tal motivo, he rescrito recientemente un artículo en el blog ConTuNegocio que he tenido que fraccionar en dos partes debido a su tamaño, y que como viene siendo costumbre, os enlazo desde este blog y os invito a leer pulsando sobre las imágenes que se muestran al final.

Los contenidos que trato en él son:

  • Fundamentos
  • Principales novedades introducidas en los modelos
  • Presentación del modelo 202
  • Características de la presentación telemática del modelo 202
  • Plazo de presentación del modelo 202, y
  • Más información sobre el procedimiento de cálculo del pago fracccionado


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