Naturhouse, condenada por publicidad ilícita

Por Fat
El Juzgado de lo Mercantil número 5 de Barcelona ha considerado ilícita una campaña publicitaria de Naturhouse por considerar que incumple la normativa específica relativa a los productos de pretendida finalidad sanitaria, dietéticos y de adelgazamiento, prohibiendo la difusión de esos anuncios.
La sentencia considera que la publicidad de Naturhouse incurre en un supuesto de publicidad engañosa, ya que se induce a pensar que en estos establecimientos el consumidor va a encontrar profesionales sanitarios (dietistas) que le prescriben una dieta con la que el problema de la obesidad estaría solucionado, cuando no hay constancia de que sea así
La sentencia considera que la publicidad de Naturhouse incurre en un supuesto de publicidad engañosa, ya que se induce a pensar que en estos establecimientos el consumidor va a encontrar profesionales sanitarios (dietistas) que le prescriben una dieta con la que el problema de la obesidad estaría solucionado, cuando no hay constancia de que sea así
La sentencia se ha emitido a raíz de una demanda presentada por la Asociación de Usuarios de la Comunicación, que consideraba que esa publicidad de Naturhouse inducia a pensar que se trataba de un centro de adelgazamiento y que sus productos poseen propiedades adelgazantes y contra la obesidad, sin cumplir los requisitos de autorización sanitaria que les permitieran hacer tales afirmaciones.
Según un comunicado de la AUC, en algún caso, además, la sentencia considera que la publicidad de Naturhouse incurre en un supuesto de publicidad engañosa, ya que se induce a pensar que en estos establecimientos el consumidor va a encontrar profesionales sanitarios (dietistas) que le prescriben una dieta con la que el problema de la obesidad estaría solucionado, cuando no hay constancia de que sea así.
En su demanda, la Asociación de Usuarios de la Comunicación (AUC) señalaba que la franquicia Naturhouse promocionaba sus establecimientos como centros de adelgazamiento, sin que constase la autorización administrativa exigida por el Real Decreto 1907/1996, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria, para tales establecimientos.
Advertía asimismo de que en los mencionados anuncios se promocionaba el consumo de productos con propiedades adelgazantes, sin que constase que tales productos tuvieran la categoría legal de medicamentos o productos sanitarios que recoge el mencionado Real Decreto. Y, finalmente, entendía que uno de los anuncios inducía a error a los consumidores ya que indicaba que el profesional que asesoraba en la pauta de alimentación era un dietista, definido al amparo de la Ley 44/2003, de ordenación de las profesiones sanitarias, sin que ello hubiera sido probado por Naturhouse.
Por su parte, la sentencia concuerda en que ciertas expresiones recogidas en la publicidad de Naturhouse ('empresa líder en dietética y nutrición en España, que ofrece servicios especializados en este sector', 'en Naturhouse no vendemos productos simplemente,hacemos planes dietéticos personalizados', etc.) hacen pensar que se trata de un centro de adelgazamiento.
En cuanto al mensaje considerado publicidad engañosa, el Juzgado basa su calificación en el hecho de que en dicho anuncio se hace referencia a que las personas que siguen la dieta prescrita por Naturhouse pueden comer sin restricciones, con expresiones como 'la dietista nos marca la pauta y nosotros a vivir', lo que podría llevar razonablemente a concluir a un consumidor medio que con dicha dieta prescrita el problema de la obesidad estaría solucionado y que la misma es prescrita siempre por un dietista cuando en ninguno de los dos casos hay constancia de que así sea.
**Publicado en "Terra"