Notas sobre la Propiedad Intelectual. #cursolibrebus

Por Txusks @Txusks

Infografía handmade sobre la Propiedad Intelectual realizada a partir de la información de la Clase 1 del curso "Arte y cultura en circulación. Introducción al derecho de autor y las licencias libres" de @articaonline, escrito por @scannopolis.


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La Propiedad Intelectual abarca conceptos amplísimos, desde las patentes de los inventos, hasta los derechos de autor. Resulta, por lo tanto, un "cajón de sastre" en el que, a partir de la década de los 70, se han hecho encajar regulaciones con orígenes, historias y evoluciones muy distintas (Richard Stallman es uno de los principales detractores de esta clasificación coloquial).
Aceptando la definición estandarizada de la OMPI (Organización Mundial de la Propiedad Intelectual), que divide la Propiedad Intelectual entre Propiedad Industrial y Derechos de Autor y conexos, y centrándonos en éstos últimos, se definen los Derechos Morales y los Derechos Patrimoniales como elementos de vinculación entre Autor y Obra, a la vez que como sistema de regulación jurídica sobre los Bienes Intelectuales (obras Científicas, Artísticas y Literarias).
Por su lado, las características de dichos Bienes Intelectuales (son, esencialmente, abundantes, acumulables y no rivales) apuntan a un sistema de regulación que, más allá de centrarse en la explotación económica de la obra (en esto consisten, fundamentalmente, los Derechos Patrimoniales), apunte a la construcción cooperativa de un conocimiento colectivo. Este aspecto de la regulación de los Bienes Intelectuales es el que defienden los seguidores de la filosofía Open Data y en el que se basan también las Licencias Libres como Creative Commons.
Con el advenimiento de Internet y más concretamente de la web 2.0, autores y artistas se encuentran con la posibilidad de ocuparse ellos mismos de la difusión de su obra. Y en este contexto, el papel del editor se pone inevitablemente en entredicho, surgiendo una necesaria reflexión sobre el aspecto imperativo que ha tenido hasta el momento la protección de los Derechos Patrimoniales en los Bienes Intelectuales.